Permiso para votar el 4 de mayo: qué se puede hacer y qué no

Un trabajador puede ausentarse de su lugar de trabajo con un permiso retribuido siempre y cuando así lo acuerde con la empresa

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Las causas por las que pueden sancionar al trabajador por ir a votar

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ABC

Este martes 4 de mayo tendrán lugar las elecciones autonómicas de la Comunidad de Madrid. Unos comicios adelantados por la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso , ante la amenaza de una moción de censura como la que sufrió el gobierno murciano del Partido Popular de la mano de sus aliados de Ciudadanos.

El artículo 8.2 de la Ley 11/1986 Electoral de la Comunidad de Madrid establece que las elecciones deben celebrarse el cuarto domingo de mayo del año que corresponda. Entonces, ¿por qué las elecciones tendrán lugar un martes?

Existe una excepción a la norma que estipula que las elecciones madrileñas tienen que celebrarse un domingo. Si se convocan elecciones de forma anticipada , deben pasar 54 días desde que se disuelve la Asamblea hasta que se convocan los comicios. Así, si el Gobierno madrileño se disolvía oficialmente el 11 de marzo, las elecciones autonómicas tendrán lugar mañana, martes 4.

Sin embargo, cabe destacar que el 4 de mayo sea un día laborable no significa que los trabajadores no puedan acudir a votar. De hecho, podrán hacerlo acogiéndose a un permiso de trabajo , como ya ocurrió en las elecciones catalanas celebradas en 2017.

El Real Decreto 605/1999 de regulación complementaria de los procesos electorales establece que la Administración del Estado, o en su caso, las de las comunidades autónomas, deberán adoptar las medidas pertinentes para que los votantes pueden ejercer su derecho ante las urnas incluso dentro de su horario laboral. De este modo, si la jornada laboral coincide con la electoral, dispondrán de hasta cuatro horas libres para acudir al colegio electoral.

Permiso de trabajo para ir a votar

La Dirección General del Trabajo de la Comunidad de Madrid fijó el pasado 24 de marzo una disposición sobre los permisos retribuidos en la que se aclaraba lo siguiente:

- Si la jornada laboral del trabajador no coincide con el de la apertura de los colegios electorales o coincide pero en menos de dos horas, no se tiene derecho a un permiso de este tipo .

- En el caso de que el horario del trabajador coincida entre dos y cuatro horas con el de la apertura de los colefios, se tiene derecho a un permiso retribuido de dos horas .

- Si el horario del empleado coincide durante cuatro horas o más con el de la apertura de las meses, el permiso retribuido al que se tiene derecho es de cuatro horas .

¿Cuándo se puede ir a votar?

Los colegios electorales abrirán entre las 9.00 horas y las 20.00 horas. Sin embargo, los trabajadores con derecho a permiso retribuido para acudir a votar no podrán acudir a las urnas cuando quieran, sino que deberán concretar con la empresa el momento para ello.

El trabajador debe comunicar con tiempo suficiente a la empresa que necesita un permiso para ausentarse de su puesto de trabajo e ir a votar. El aviso puede realizarse de forma verbal o por escrito y la empresa establecerá el momento más adecuado .

¿Es posible pedir un permiso para el cuidado de los hijos?

Las elecciones se celebran un martes, un día laborable en el que los más pequeños asisten a clase. Sin embargo, debido a que los centros educativos son también colegios electorales, la Comunidad de Madrid decretó este 4 de mayo día no lectivo, para evitar que mucha gente se congregue en espacios cerrados, lo que puede facilitar los contagios por coronavirus .

Sin embargo, no existirá un permiso especial para los padres que tengan dificultades para hacerse cargo de los hijos. Sí se podrá pedir ese día como vacaciones o asuntos propios . Por supuesto, también se puede llegar a algún tipo de acuerdo con la empresa.

¿Qué ocurre si se usa el tiempo del permiso para otros fines?

El permiso de trabajo retribuido debe ser utilizado de acuerdo a la naturaleza del mismo, es decir, para ir a votar. Si a la empresa le consta que el empleado ha hecho uso del mismo para una finalidad distinta del ejercicio del derecho al voto, se podría considerar una transgresión de la buena fe contractual y una ausencia injustificada , por lo que el trabajador podría ser sancionado.

Si se forma parte de una mesa electoral

Aquellas personas que hayan sido convocados como presidentes o vocales de una mesa electoral o quienes ejerzan de interventores dispondrán de un premiso retribuido durante toda la jornada, siempre y cuando esa fecha no coincida con el disfrute de su descanso semanal, y a cinco horas en el día inmediatamente posterior al de los comicos.

Para aquellos trabajadores que sean apoderados el permiso será únicamente para el día de las elecciones.

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