Cuánto tiempo de permiso de trabajo retribuido tengo para votar en las elecciones de Madrid
¿Es necesario entregar un justificante a la empresa para acudir a votar en las elecciones de Madrid?
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Quiénes podrán acogerse al derecho de permiso especial y retribuido
No ocurría desde 1987, pero volverá a suceder. Volverá a haber unas elecciones en Madrid en un día laborable y no en domingo, como viene siendo habital en España. Esto es debido porque Isabel Díaz-Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid , convocó elecciones anticipadas el pasado 10 de marzo. Desde entonces se cuentan 54 días que deben pasar para colocar el día de la votación.
Esto lleva al 4 de mayo, un martes y que está justo después del puente de mayo . El lunes es festivo en Madrid, pero no el martes. El Gobierno regional se negó a hacer el día festivo, aunque lo que sí hizo fue suspender las clases ese día, con el fin de que los colegios electorales pudieran acondicionar los centros para la votación.
Por lo tanto, son muchos los trabajadores que podrían tener problemas para acudir a las urnas, aunque no deberán preocuparse. Existe en España la posibilidad del permiso laboral retribuido , es decir, un tiempo que tiene la persona para ir a votar sin que por ello le perjudique. La empresa no puede negar ese tiempo. El permiso se recoge en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores , el cual señala disponer del «tiempo indispensable» para acudir a las urnas.
El permiso, que va desde las dos horas a las cuatro , no es igual para todos y dependerá del horario laboral que se tenga. Por otro lado, hay trabajadores que no se pueden acoger a este permiso , debido a que su jornada no coincide con la de votación (de 9 de la mañana a 8 de la tarde).
Estos son los permisos para ir a votar de los trabajadores
– Permiso de dos horas : para aquellos trabajadores que su horario coincida en dos o más horas, pero menos de cuatro.
– Permiso de tres horas : para los trabajadores cuya jornada laboral coincida en cuatro o más horas, pero menos de seis.
– Permiso de cuato horas : cuando la jornada laboral coincida en seis o más horas desde la apertura de las mesas electorales.
Cabe destacar que l as empresas no pueden negar el derecho a ir a votar. Las multas que se contemplan van desde los 620 a los 6.250 euros.
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