El TSJ anula el plan de regulación del tráfico con carriles bus, taxi y bici del Ayuntamiento de Valladolid
Obliga al Consistorio a devolver «sin excusa ni dilación alguna» las sanciones impuestas al amparo del decreto declarado nulo
La Justicia vuelve a decir ‘no’ al plan para la regulación del tráfico aprobado en septiembre de 2020 por el Ayuntamiento de Valladolid , del que llega afirmar que «es un hecho notorio el colapso circulatorio». Esta vez es el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) el que se pronuncia en contra, desestimando el recurso presentado por el Consistorio que preside el socialista Óscar Puente contra el fallo emitido el pasado mes de enero por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid que ya tumbaba la cuestionada regulación.
La sentencia, contra la que cabe recurso en el plazo de 30 días, anula el plan de regulación del tráfico con carriles bus, taxi y bici , pues «supuso una intervención extraordinariamente intensa en la circulación de vehículos» en tramos «neurálgicos», provocando «colapso circulatorio», tanto, «que puede afirmarse que existe un antes y un después de la implantación» de las medidas «controvertidas», apunta la sentencia. Las decisiones son de tal calado, apuntan los magistrados, que debieron tramitarse como una ordenanza y no por decreto, que es como se hizo en septiembre de 2020.
Esa forma por la que optó el Ayuntamiento es la base sobre la que se vuelve a sustentar el segundo pronunciamiento judicial. En esta ocasión, va un paso más allá y obliga al Consistorio a devolver las sanciones impuestas y recaudadas , carga contra el concejal de Seguridad y Movilidad por haber «usurpado» las competencias del Pleno e incluso valora la repercusión negativa que ha tenido en el tráfico, llegando a hablar de «caos circulatorio».
Tumba una por una las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento, al que ya espeta que el hecho de que admita que ya está tramitando una ordenanza para aprobar las medidas contempladas en decreto ahora declarado nulo por segunda vez -tras el recurso presentado por el Grupo Municipal del Partido Popular - «no hace sino apuntalar» lo resuelto en el fallo judicial.
Recrimina que es «evidente» que se da la posibilidad de afectación económica en los vallisoletanos por falta de memoria económica y su anulación «implica evidentes consecuencias», siendo la primera que «la totalidad de las sanciones impuestas y recaudadas» por el ayuntamiento en base a esta regulación «han de ser reintegradas a sus interesados, sin excusa ni dilación alguna». El alcalde, Óscar Puente, quien no quiso entrar a valorar la sentencia hasta analizarla en profundidad, confió ayer en que la cantidad que tenga que reintegrarse «no sea mucha». La segunda consecuencia económica, que esa carencia de memoria económica y de falta de audiencia a empresas y vecinos puede sustentar «incuestionablemente» reclamaciones por responsabilidad patrimonial. Y ya advierte de que no valen excusas para no pagar en base a que la ordenanza que se está tramitando, «pues no podrá convalidar lo radicalmente nulo». Y rechaza también que el decreto cuestionado haya quedado validado con la aprobación de otro posterior y la modificación del Reglamento Municipal de Tráfico, Aparcamiento y Seguridad Vial.
Y carriles bici vacíos
La decisión judicial, que se sustenta en la forma, ahonda en el fondo y consecuencias para pronunciarse en contra. Y se despacha. «El debate no trata sólo de la implantación de un carril bici, sino de la creación de un itinerario de transporte público en autobús y taxi en varias calles de la ciudad», llevando a que «en muchos casos» se privó de segundo carril de circulación en la veintena de vías afectadas. Subraya que se prohibió de la circulación de vehículos en ciertas vías (Cánovas del Castillo y Fray Luis de León) y la realización de carriles bicis segregados en varios puntos que también supusieron la pérdida de carriles en «tramos neurálgicos», llevando al «colapso circulatorio» que, además, «contrasta con la casi nula utilización» de esos carriles.
Por tanto, el decreto supuso «una intervención extraordinariamente intensa» de la circulación y de nada sirve la justificación de que sólo afecta a 23 de las 1.800 calles de la ciudad . Tira de ejemplo para rebatir el «incierto» argumento por criterio numérico para afirmar que no es una general, como sostenía el Ayuntamiento. Así, dice, siguiendo ese principio, peatonalizar arterias como la avenida de Salamanca o el Paseo Zorrilla o incluso la VA-30 de ser calle no afectaría al tráfico.
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