¿Qué significa que el Covid sea considerado enfermedad profesional?
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el decreto
Este martes el Consejo de Ministros ja aprobado que el Covid-19 sea considerado como enfermedad profesional en los profesionales sanitarios contagiados. Se trata de una proposición de ley que se lleva demandando desde hace casi un año por parte de muchas sociedades científicas y que «llega tarde» desde el punto de vista de Fernando Hontangas, presidente del sector de Sanidad de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF).
A falta de conocer los detalles y los requisitos para que sea considerado enfermedad profesional, Hontangas señala en una conversación con ABC que espera que «se declare de oficio , que no tenga que ir cada profesional reclamándolo. Si no es así lo consideraríamos una traba ». También está por ver qué es a ojos del Gobierno un profesional sanitario, es decir, si incluyen en este sector a personal administrativo que trabaje en hospitales, o en primera línea, a celadores, etc.
Los sindicatos llevan reclamando este derecho desde principios del mes de marzo. « El 6 de marzo ya pedimos al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y al de Política Territorial y Función Pública que se fuera pensando en el Covid como enfermedad profesional y en abril escribimos al presidente del Gobierno», relata Hontangas.
«Lo venimos reclamando desde el inicio y hemos ido acentuando las peticiones desde que el número de sanitarios afectados ha ido creciendo. Un total de 107 compañeros y compañeras han fallecido y un número importante presenta secuelas , razón por la que todavía no se han incorporado y algunos no podrán hacerlo», explica a este periódico Serafín Romero, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom). Desde su punto de vista, el avance de este martes «ayuda a ese abordaje de cuidar a los que cuidan. Hemos clamado para este tema».
También el Defensor del Pueblo , Francisco Fernández Marugán, dirigió una recomendación en este sentido el pasado mes de octubre al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, tras recibir una queja colectiva de la asociación de médicos y titulados superiores de Madrid (AMYTS).
En opinión del Defensor, «el personal que desempeña su actividad en centros sanitarios y sociosanitarios constituye la punta de lanza sanitaria frente a la pandemia . Por ello, es el colectivo de personas objetivamente más expuestas al riesgo de contraer la covid-19 y el que tiene, de hecho, un mayor porcentaje de población contagiada».
Solo un alto en el camino
Para el presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, esto es solo un alto en el camino. Su objetivo no es que se declare el Covid-19 como enfermedad profesional, sino que la profesión médica sea reconocida como una profesión de riesgo.
«Hoy estamos muy contentos de legar ahí porque todos hemos remado al unísono, pero queremos llegar al reconocimiento como profesión de riesgo» , explica Romero. «Se puede dudar muy poco de que lo es con esta triste cifra de más de un centenar de fallecidos», concluye.
¿Qué supone este cambio?
Pero, ¿qué supone este cambio para los profesionales de la salud en la práctica? Hasta ahora el Covid-19 ha sido considerado como contingencia profesional en los sanitarios que se contagiaban con el virus.
La diferencia entre enfermedad profesional y contingencia profesional derivada de accidente de trabajo radica en que la enfermedad profesional tiene cobertura durante toda la vida de trabajador . Es decir, un sanitario tendrá cobertura para la Seguridad Social si mañana o dentro de diez años contrae una enfermedad derivada de este contagio que se produjo desde la declaración de la pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención contra el Covid-19 . Sin embargo, si se trata de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo únicamente tendrá una cobertura durante los cinco años posteriores al contagio .
Fue el pasado 22 de diciembre cuando la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad una proposición no de ley (PNL) por la que se instó al Gobierno a considerar enfermedad profesional la baja laboral de los profesionales sanitarios contagiados por Covid-19 durante el ejercicio de su trabajo.
Desconocimiento de las consecuencias del Covid
«No sabemos las consecuencias que puede ocasionar haber sufrido el Covid-19 y creemos que, de una vez por todas, se tiene que entender que los profesionales sanitarios que han estado en primera línea deben tener la cobertura de enfermedad profesional porque les supone tener una cobertura a lo largo de la vida», detalló el pasado 22 de diciembre la diputada del Grupo Parlamentario Plural y responsable de defender la iniciativa, Concep Cañadell Salvia.
Con la pandemia se aprobó que el Covid-19 fuera accidente de trabajo para el personal sanitario y sociosanitario para todas las prestaciones de la Seguridad Social, ampliando así la cobertura de estos trabajadores . En los casos de fallecimiento se consideró accidente de trabajo siempre que el fallecimiento se produjera dentro de los cinco años siguientes al contagio y derivado del mismo.
Ahora pasará a ser enfermedad profesional, con lo que se tendrá en cuenta a lo largo de la vida del trabajador . La cuantía de la prestación se mantiene en el 75% de la base reguladora a cargo de la Seguridad Social desde el día siguiente al de la baja en el trabajo. Además, no se exigen cotizaciones previas.
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