Coronavirus
Hacer ejercicio en el patio o salir a las zonas comunes de la urbanización también está prohibido
Todo espacio compartido que no sea necesario para la habitabilidad y seguridad del edificio debe ser clausurado
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Pese a que el estado de alarma decretado para frenar el coronavirus busca confinar a todos los españoles en sus casas, algunos aún se resisten. Todavía se puede ver a gente haciendo deporte en los gimnasios privados de las urbanizaciones , dando vueltas por las azoteas o paseando por el patio común. Pero, según advierten tanto desde la Policía municipal como del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid), esto está también prohibido.
« Los espacios o áreas comunes de tu urbanización se deben clausurar (gimnasios, salas de juntas, etc.....) al igual que los parques y espacios infantiles. El deporte nos toca hacerlo en casa», aclaró ayer la Policía municipal de Madrid en Twitter.
También desde el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) han comunicado que «por analogía» con las medidas que contempla el real decreto del estado de alarma en sus anexos, es obligatorio el cierre de las áreas o espacios comunes , zonas ajardinadas, infantiles, zonas exteriores de recreo, salas y en general cualquier otro espacio compartido que no sea necesario para la habitabilidad y seguridad del edificio. «Solo se permite el acceso al personal encargado del mantenimiento y limpieza de estas zonas», han explicado.
Los espacios o áreas comunes de tu urbanización se deben clausurar (gimnasios, salas de juntas, etc.....) al igual que los parques y espacios infantiles.
— Policía Municipal de Madrid (@policiademadrid) March 17, 2020
El deporte nos toca hacerlo en casa.#ElHéroeEresTÚ. #quedateencasa #EsteVirusLoParamosUnidos #Yomemuevoencasa pic.twitter.com/GyEDLMF5MZ
La confusión de algunos ciudadanos se debe a que, en el primer texto del real decreto, se hablaba de la prohibición de circular por las «vías públicas», aunque en la modificación publicada el miércoles se extiende también a los «espacios de uso público» .
«No es igual una zona pública que una zona privada de uso colectivo, pero el COVID-19 no entiende de la sutileza de los lugares, contagia en ambos casos, por lo que en los supuestos de las comunidades que posean dichos servicios , estos deberán ser clausurados y no se podrán utilizar. El objeto de las Disposiciones legales para evitar el contagio está claro, por lo tanto es absurdo el establecer distinciones entre ambas zonas», explica a ABC Adolfo Calvo-Parra, secretario técnico del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.
Además, en el anexo figura la relación de equipamientos y actividades cuya apertura al público queda suspendida, entre los que figuran gimnasios, salas de conferencias, locales o recintos cerrados, piscinas y «otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados».
Queda la duda de las azoteas . Para Calvo-Parra, «el administrador de fincas cumple sus obligaciones profesionales de advertir a las comunidades de la prohibición del uso de estas zonas comunes y de su clausura. Después cada propietario y principalmente el presidente de la comunidad son los que asumirán sus propias responsabilidades ante la infracción de una normas objetivas». Sobre la posibilidad de tender la ropa en la azotea, «es razonable que la tienda en el lugar destinado a ello, pero va una persona, tiende y regresa a casa. Hay que ser razonables. Lo mismo ocurre con acudir al trastero, va una persona sola, hace lo que tenga que hacer en el trastero y regresa a su casa», explica.
Desde CAFMadrid, además, piden utilizar el ascensor de manera individual para evitar contactos con otros vecinos y pulsar el botón de destino con el dedo protegido. Y, sobre l a recogida domiciliaria de basuras, apuntana que seguirá con los días y horarios establecidos hasta recibir otras instrucciones por parte de las autoridades municipales competentes, solicitando el máximo respeto y cumplimiento de las normas de cada edificio.
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