El alcohol provoca más del 60% de los accidentes de tráfico causados por toxicología
Este domingo 15 de noviembre se celebra el Día Mundial Sin Alcohol
Este domingo 15 de noviembre se celebra el Día Mundial Sin Alcohol . Una fecha en la que conviene recordar que el 45,5% de los conductores fallecidos en accidente de tráfico , lo hicieron bajo los efectos del alcohol o las drogas. Así lo confirma la memoria anual del Instituto Nacional de Toxicología donde, además, se remarca que el 60% de ellos se deben a un abuso en el consumo de alcohol .
Aunque al volante la cantidad de alcohol siempre debería ser cero absoluto, la legislación española permite un nivel de hasta 0,5 gramos por litro en sangre (o 0,25 mg/l de aire espirado), excepto en los conductores noveles o profesionales donde la tasa baja al 0,3 (0,15).
Recientemente la Guardia Civil publicaba en redes sociales las equivalencias de determinadas bebidas alcohólicas con el nivel de alcohol en sangre derivado de su ingesta.
Si tiene pensando conducir... hazlo... conduce.
— Guardia Civil 🇪🇸 (@guardiacivil) December 3, 2016
Tu mejor nota en el control 🛂 será siempre un 0,0 pic.twitter.com/8FRZUDTh6k
La equivalencia varía enormemente en función de factores como el peso, la complexión o el tiempo que haya pasado desde la ingesta de alcohol. Aquí entra en juego la curva de la alcoholemia , que se basa en que el alcohol puede empezar a detectarse en la sangre a los 5 minutos de haberlo ingerido y alcanza su máximo nivel entre los 30 y 90 minutos siguientes . El resultado, por lo tanto, puede variar enormemente, lo que vuelve a hacer recordar el consejo de que antes de conducir es mejor no haber bebido ni una gota.
Además de esta forma intuitiva para evitar conducir superando los límites legales de alcohol todos los conductores quienes pueden, de forma preventiva, medir su porcentaje de alcohol . Uno de los sistemas es disponer de un alcoholímetro como el Dräger Alcotest 3820. Se trata de ste alcoholímetro portátil para conductores que mide la tasa de alcohol en aire espirado y aporta seguridad a la hora de coger el volante.
Límites de alcohol y multas:
Los limites actuales permitidos de alcohol son los siguientes:
•Para conductores de vehículos y bicicletas: El máximo permitido por ley en sangre es 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado nunca superior a 0,25 miligramos por litro.
•Conductores noveles: La tasa máxima de alcohol permitida es en sangre de 0,3 gramos por litro en aire espirado y de 0,15 miligramos por litro durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia.
•Conductores profesionales con vehículos cuya masa máxima autorizada es superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales: Serán sancionados si conducen con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro , o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro.
La cuantía de la multa por superar las tasas de alcohol permitida es de 500 euros y 4 ó 6 puntos que , pasaría a ser de 1000 euros y la retirada de 4 ó 6 puntos en el caso de que el conductor ya hubiera sido multado por alcoholemia en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa permitida, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida.
Se consideraría un ilícito penal cuando la tasa de alcohol en aire espirado sea superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro o bien condujera bajo la influencia del mismo.
La sanción en este caso sería de pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
En este ámbito, ponemos especial atención en la conducción «bajo la influencia» que, será la determinante de la comisión del ilícito penal y, en todo caso, aquél que condujere con una tasa superior a 0.60 miligramos por litro.
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