La Audiencia de Sevilla ha absuelto a tres empresarios, previamente condenados a un año de cárcel por espiar a su empleada con un micrófono oculto, porque la causa «se traspapeló» y estuvo más de cuatro años en un armario.
La Sección Cuarta de la Audiencia dice que la causa estuvo paralizada «sin practicarse actividad procesal alguna» entre el 12 de mayo de 2000 y el 19 de julio de 2004, por lo que debe aplicarse «con meridiana claridad» la prescripción del delito, al haber superado ampliamente los tres años previstos por la ley. El error se produjo porque el juzgado penal que debía enjuiciar el caso lo devolvió en mayo de 2000 al juzgado de instrucción para que transcribiese las cintas con las grabaciones hechas a la empleada.
El 19 de julio de 2004, la secretaria de este último juzgado «extendió una diligencia para hacer constar el hallazgo casual de los autos en un armario, donde se habían traspapelado debajo de abundante documentación intervenida en otro proceso», explica la sentencia.
En ese tiempo sólo hubo un escrito de la acusación particular que denunció la falta de esas transcripciones, pero explica la Audiencia que tal nota «no tuvo eficacia alguna para hacer avanzar el procedimiento», pues sólo consiguió una diligencia en la que le notificaron que «los autos habían sido remitidos al juzgado instructor».
El juzgado penal 1 de Sevilla había impuesto a los tres empresarios un año de cárcel y el pago de 6.000 euros a una empleada a la que colocaron un micrófono «con el propósito de controlar y conocer las conversaciones de toda índole que llevaba a cabo, incluidas las telefónicas». Según dicha sentencia, los acusados escondieron un micrófono junto a la mesa de trabajo de la empleada E. A. H. y lo conectaron a un aparato de grabación, con el que registraron varias horas de grabación a todos los trabajadores hasta que fue descubierto accidentalmente por la afectada en 1998.
Creían que era desleal
El abogado de la acusación, José Ignacio Bidón, explicó que la sentencia de la Audiencia «mantiene la realidad de unos hechos que son constitutivos de delito», pero absuelve a los empresarios por prescripción de los plazos, por lo que anunció que reclamarán por la vía civil y no descarta una demanda contra la Administración «por su anormal funcionamiento». En el juicio, los procesados justificaron el micrófono diciendo que les habían robado 4.200 euros y que les habían dicho que la joven les hacía competencia desleal y trataba con los clientes al margen de la compañía.