Tribunales
El TSXG impone a Abel Caballero cofinanciar los centros de día
Avala el sistema diseñado por la Xunta y considera «radical» la argumentación que esgrimió en su recurso el consistorio vigués
Segundo revés judicial para el Ayuntamiento de Vigo en apenas una semana. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó este martes el recurso presentado por la institución que dirige Abel Caballero en relación con el sistema de cofinanciación de los centros de día pertenecientes al Consorcio Galego de Servicios de Igualdade e Benestar de la Xunta. En la sentencia, dictaminada por la sección segunda de la sala de lo contencioso-administrativo y a la que tuvo acceso ABC, el TSXG tumba la apelación municipal que requería la revocación de las liquidaciones correspondientes al primer semestre de 2017 de los centros de día de Teis, Coia y Valladares –todos ellos en el área metropolitana de Vigo– por un monto de 170.000 euros. Y da con ello la razón al Gobierno autonómico al avalar dicho sistema, contemplado en la Ley 2/2017.
El germen de todo el pleito pivota en torno a esa norma . El Ayuntamiento vigués arguyó que el texto injería en una reducción de las competencias municipales en materia de servicios sociales y entendía, por tanto, que no estaría obligado a atender esas liquidaciones por «vulnerar» la normativa estatal sobre régimen local. Un extremo que el tribunal considera «radical» al negar que la Ley 2/2017 imponga «una atribución competencial al margen de la voluntariedad de los entes locales u obligue a éstos a subvenir a prestaciones que haya de asumir la comunidad autónoma creando una fórmula para la obtención de un ingreso no previsto».
En base a este razonamiento, y apuntando al Decreto 99/2012 (por el que se regulan los servicios sociales comunitarios y su financiación), ratifica que la Xunta «tiene la facultad de atribuir» servicios de los que es titular «sin perjuicio de articular fórmulas de colaboración que garanticen la sostenibilidad financiera de los entes locales y, en aras a la eficiencia y eficacia, evitar la duplicidad en ámbitos coincidentes».
La sentencia fue inmediatamente valorada por parte del Ejecutivo autonómico. El vicepresidente, Alfonso Rueda , la calificó como una «buena noticia» y subrayó que la Xunta «respeta siempre» las decisiones judiciales, ya sean a favor o en contra. Para Rueda, la resolución refleja que «todas las administraciones tienen que colaborar en los servicios esenciales con arreglo a sus recursos y dentro de sus posibilidades» para «llegar a más gente».
Con la sentencia, el regidor vigués encaja un segundo golpe de la mano de la justicia poco después de que el pasado día 11 otro dictamen desfavorable echara por tierra sus demandas. En aquella ocasión, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo dio la razón al cercano ayuntamiento de Redondela al declarar «contraria al ordenamiento jurídico» la exigencia de empadronamiento para poder disfrutar del bono de autobús en la ciudad olívica, conocido como «tarjeta PassVigo».
Caballero, por su parte, ya ha anunciado que tiene también previsto recurrir la cofinanciación de las escuelas infantiles que son competencia de la Xunta al considerarlo «inconstitucional» y una muestra del «matonismo político» de Feijóo.
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