Coronavirus Galicia
Seis franjas horarias distintas según la edad: la propuesta de la Xunta para una salida ordenada
La distancia máxima para la realización de actividad física debería fijarse en cinco kilómetros desde el domicilio, indica el documento remitido al Gobierno
Cuatro franjas horarias contempladas para la realización de actividad física en función de cuál sea la edad de quien la practique. Es la propuesta que la Consellería de Sanidade remitió este martes al Ministerio con el fin de que la orden que regule el nuevo nivel de desescalada, cuya entrada en vigor está previsto para el sábado, disponga a tales efectos un horario por edades que se conjugue con otro para los menores de 14 años, quienes desde el pasado domingo ya pueden salir a pasear acompañados de un adulto.
La sugerencia de la Consellería plantea el nuevo escenario de la manera que sigue. El horario de actividad para mayores de 14 años y menores de 70 sería de 7 a 10 horas y de 20:30 a 23. Para los mayores de 70, se propondría el horario de 10 a 12 horas y de 17 a 19. Y en el caso de los menores de 14, por último, este sería de 12:30 a 16:30 horas y de 19:30 a 20:30.
Este sistema, explica la Xunta, permitiría que las distintas actividades autorizadas no confluyesen al mismo tiempo . El límite de tiempo para el ejercicio físico, precisan, sería el total de las franjas horarias, mientras que el de la salida de los niños debería mantenerse en el máximo actual de 60 minutos.
En su proposición, Sanidade especifica que la distancia mínima entre quienes practiquen deporte debería ser de cuatro metros , y recuerda que este tipo de actividad «no se puede hacer bajo ningún concepto en grupos, salvo que se puede acreditar convivencia de las personas que la realicen, caso en el que podría excepcionarse el respetar la separación social recomendada». Por otro lado, la distancia máxima para llevarla a cabo debería fijarse en un máximo cinco kilómetros respecto del domicilio, según sugiere la Consellería. En caso de usar bicicleta, este límite se establecería en 30 kilómetros.
El documento remitido al Gobierno insiste en que los deportes en grupo o en el que se compartan objetos han de quedar excluidos de la regulación. «Sin embargo, si se pueden autorizar determinadas actividades, como ciclismo, remo, surf, hípica o piragüismo, por ejemplo, si se llevan a cabo de forma individual (no en embarcaciones de más de un deportista, por ejemplo) y en determinadas condiciones», añade a renglón seguido.
Por último, la Consellería formula en su planteamiento una excepción para los deportistas profesionales o federados , en cuyo caso, y siempre de acuerdo con sus respectivas federaciones, «podrían modificarse las condiciones de práctica de la actividad, especialmente en lo que se refiere al alejamiento respecto al lugar de domicilio». También remarca que, en cualquier caso, la orden ministerial debería delegar en las Administraciones Locales la adopción de medidas que consideren necesarias para su cumplimiento –como cerrar espacios en los que la prevalencia de las normas no se pueda controlar, pone como ejemplo–.
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