Coronavirus Galicia

El segundo rescate de autónomos y microempresas reserva 10 millones para los negocios más castigados

Un negocio con caída de facturación del 70% o superior y más de 20 empleados tiene derecho a 9.000 euros de la línea de microempresas

Con su publicación en el DOG, la Xunta activa la segunda línea de ayudas, que eleva el total a 160 millones de euros

Un hostelero retira el mobiliario de su negocio al entrar en vigor las restricciones, en una imagen de archivo MIGUEL MUÑIZ
Pablo Pazos

Pablo Pazos

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El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este jueves la orden de la Consellería de Emprego e Igualdade que regula el segundo plan de rescate de autónomos y microempresas afectados por el Covid . Se activa de esta forma un plan dividido en dos programas: uno de para personas que trabajan por cuenta propia, dotado de 30 millones de euros; y otro para microempresas y autónomos con personal a cargo, también financiado con 30 millones. En total, 60 millones, a los que suman otros 15 de la línea específica para la hostelería y otros negocios cerrados por las restricciones. Con estos 75 millones, la Xunta alcanza los 160 en ayudas para compensar el embate de la pandemia de coronavirus.

Dentro de los 60 millones consignados en el DOG, ambos programas, tanto el de autónomos como el de microempresas, reservan a su vez sendas partidas de 5 millones para sectores cuya actividad estuviese especialmente paralizada ; esto es: con un descenso de facturación del 70% . En total, 10 millones para auxiliar a los más castigados por la pandemia.

Se marcan una serie de requisitos para acceder al auxilio financiero, entre los que destaca arceditar una bajada en la facturación , a causa de la crisis desatada por la pandemia, de al menos el 45% .

Programa de autónomos

En el caso de la línea para autónomos, las ayudas se desglosan como sigue :

- 1.200 € para las personas que acrediten una bajada de facturación entre el 45 % y el 60 %.

- 2.000 € con una caída de más de un 60 % y de menos del 70 %.

- 3.000 € con pérdidas iguales o superiores al 70 %.

Para los autónomos de temporada, los importes de la ayuda serán el 50 % de dichas cantidades.

La bajada de facturación se calculará «de manera general comparando los datos de facturación anual de 2020 con los de 2019», indica la orden, si bien «excepcionalmente, se contemplan otros parámetros» para supuestos concretos :

-En el caso de autónomos de temporada, «la bajada de facturación se calculará comparando la media mensual de los meses que estuvo de alta en el año 2019 con la facturación media de los meses que estuvo de alta en el año 2020, por lo que, si no estuvo de alta durante el año 2020, ya se considera como actividad especialmente paralizada en cuanto al volumen de facturación», refiere la orden.

-«Para las altas o empresas creadas a lo largo del año 2019, la bajada de facturación se calculará comparando la facturación media mensual de los meses con actividad del año 2019 con la facturación media de los meses del año 2020», añade.

-«Para las altas o empresas creadas desde el 1.1.2020 al 31.3.2020, la bajada de facturación se calculará comparando la facturación media mensual de los meses con actividad del primer trimestre del año 2020 con la media mensual de los tres trimestres restantes del año 2020», concluye.

Programa de microempresas

En el programa de microempresas, las ayudas se desgranan de esta forma:

- 4.000 € para las personas o entidades que acrediten una bajada de facturación de entre el 45 % y el 60 %.

- 5.000 € en el caso de una bajada de facturación de más de un 60 % y de menos del 70 %.

- 6.000 € con pérdidas iguales o superiores al 70 %.

De nuevo, hay supuestos especiales para calcular la caída en la facturación:

«Para las altas o empresas creadas a lo largo del año 2019, la bajada de facturación se calculará comparando la facturación media mensual de los meses con actividad del año 2019 con la facturación media de los meses del año 2020», recoge el DOG.

-«Para las altas o empresas creadas desde el 1.1.2020 al 31.3.2020, la bajada de facturación se calculará comparando la facturación media mensual de los meses con actividad del primer trimestre del año 2020 con la media mensual de los tres trimestres restantes de año 2020», añade el texto.

Las cantidades previamente indicadas se incrementarán hasta 3.000 € en función del número de trabajadores por cuenta ajena en plantilla, bajo una escala con tres niveles:

- 1.000 € si tienen de 4 a 9 trabajadores.

- 2.000 € si tienen de 10 a 20.

- 3.000 € si tienen de 21 a 25.

Pagos

De forma excepcional, se permite acceder a las ayudas a empresarios que mantengan deudas con las administraciones públicas, siempre que no superen el 80% de la ayuda a percibir y que los beneficiarios se comprometan a saldarlas en 15 días. Aquellos que estén al corriente accederán al 100% de la ayuda , en un único pago.

En caso de existir deudas, el 80 % de la cuantía se abonará tras la resolución de concesión , sin que en ningún caso este importe pueda ser superior a 14.400 €. El 20 % restante, una vez comprobado que está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como con la Administración pública de la comunidad autónoma.

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