Fiscalía se resiste a dar al TSJC su informe contra la querella del 9-N

La Junta de fiscales catalanes no vio delito de desobediencia, pero el fiscal general, sí

Artur Mas, a la salida del TSJC tras declara en octubre de 2015 EFE

ABC. ES

La Fiscalía ha rechazado entregar al juez del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que investiga la querella del 9-N el informe de la cúpula de los fiscales catalanes que en noviembre de 2014 se opusieron a presentar una querella contra Artur Mas por la consulta.

Según informaron a Efe fuentes jurídicas, los fiscales que llevan el caso del 9-N han presentado un recurso contra el auto en el que el juez instructor, Joan Manel Abril, les emplazaba a entregar el informe de la junta de fiscales de la Fiscalía Superior contrario a la querella con el fin de incorporarlo a la causa. El informe, que el juez ha requerido a petición de la defensa del expresidente catalán Artur Mas, fue aprobado el 17 de noviembre de 2014 por acuerdo unánime de la junta de fiscales del TSJC, convocada a instancias de varios miembros de la institución reacios a la querella, pero no impidió que la Fiscalía General del Estado acabara imponiendo la presentación de la misma días después.

En el auto recurrido, el magistrado Joan Manel Abril pide a la Fiscalía que aporte copia del informe de su propia junta -y ordena incorporar a la causa las diligencias de los jueces que el mismo 9-N rechazaron retirar las urnas de la votación-, al entender que esas pruebas documentales son «pertinentes y útiles para el fin que persigue» su investigación.

Por su parte, los fiscales Francisco Bañeres -teniente fiscal del TSJC- y el Anticorrupción Emilio Sánchez Ulled argumentan en su recurso que el informe de la junta no tiene ningún valor probatorio para dirimir lo que se investiga en la causa, si el gobierno catalán incurrió en un delito de desobediencia al seguir adelante con la consulta una vez suspendida por el Tribunal Constitucional (TC).

En el informe de la junta, los fiscales del TSJC examinaron la jurisprudencia del Supremo en el delito de desobediencia y concluyeron que no existían fundamentos jurídicos para imputar a los miembros del gobierno catalán por mantener la consulta una vez fue suspendida por el Tribunal Constitucional (TC).

Los fiscales advertían de que el TC no emitió ninguna orden expresa sobre el alcance de su prohibición. También adujeron que la suspensión del TC no incluía un requerimiento y apercibimiento expreso que advirtiera a las autoridades vinculadas a la organización de la consulta del 9-N de que no debían colaborar en la misma y de las responsabilidades penales en que podrían incurrir de hacerlo.

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