El TSJC no ve delito en la declaración de ruptura del 9-N, al no haber violencia
El Alto Tribunal no admite a trámite las querellas por rebelión y sedición que presentaron UPyD y Manos Limpias
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) no aprecia delito en la declaración de ruptura del Parlament del 9-N , al entender que no constituye un «alzamiento violento» sino una resolución que se ciñe el ámbito parlamentario y que ya fue anulada por el Tribunal Constitucional (TC).
En sendos autos, el alto tribunal catalán resuelve, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, no admitir a trámite las querellas por rebelión y sedición que presentaron UPyD y Manos Limpias contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa que apoyaron la declaración de desconexión con España del pasado 9 de noviembre.
El TSJC considera que, en el ámbito penal, no se puede «equiparar los alzamientos violentos, desordenados u hostiles con los actos ilegales e inconstitucionales realizados en sede parlamentaria y que no han trascendido ese ámbito».
En ese sentido, insiste en que el delito de rebelión «exige el empleo de la fuerza» y que no consta que con la declaración del 9N se haya visto alterado el orden público que requiere el delito de sedición.