El Supremo rectifica y revisará los indultos del 'procés' con una nueva composición

Admite los recursos contra la decisión de negar legitimidad a todos los recurrentes: partidos y particulares

Los presos del 'procès' en una imagen de archivo EFE | Vídeo: Aragonès cree que el Tribunal Supremo está politizado (EP)

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El portazo del Tribunal Supremo en enero a la revisión de los indultos a los condenados del 'procés' no supuso un aval definitivo a la polémica decisión del Gobierno. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, la misma que examinó y rechazó de un plumazo las impugnaciones que particulares, partidos y asociaciones presentaron contra los indultos a los líderes independentistas, ha admitido ahora los recursos presentados contra la decisión de esta misma sala de no entrar siquiera a valorar el fondo del asunto, es decir, la falta de motivación de las medidas de gracia que los recurrentes alegaban. La decisión no significa que los indultos concedidos se vayan a tumbar, sino que al menos llegarán a estudiarse las razones en laa que se basó el Gobierno.

Entre una y otra decisión, la distinta composición de la Sala, en la que ya no están dos de los cinco magistrados que tomaron la decisión inicial. Tanto su presidente, Segundo Menéndez, se jubiló el pasado 15 de abril, como Ángeles Huet, ahora en la Sala de Admisión, salieron de esa sala. En su lugar han entrado dos nuevos jueces –el progresista Ángel Arozamena y la conservadora Inés Huerta–, lo que ha provocado un vuelco en la sensibilidad de esta sección, que si en enero era de perfil progresista (tres magistrados frente a dos) ahora lo es conservadora (también tres a dos).

La decisión de rechazar las impugnaciones contra las medidas de gracia del Ejecutivo ya estuvo en enero muy reñida, hasta el punto de que fue un solo voto el que inclinó la balanza a favor de la inadmisión de los recursos por falta de legitimación de los partidos, aspecto en el que la doctrina del Supremo es muy restrictiva. Lo cierto es que no todos los recurrentes eran formaciones políticas, porque, precisamente para sortear esa posible inadmisión, diputados de Ciudadanos y también el PP recurrieron a título particular como afectados directos por la concesión de estas medidas de gracia. También lo hizo a título individual el exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Milló.

«Desproporcionada y anticipada»

Dos de los cinco magistrados, Fernando Román y Wenceslao Olea, formularon un voto particular en el que advirtieron de que «no es buena la judicialización de la política, pero más peligro ofrece la creación de parcelas de inmunidad de control jurisdiccional que, por principio, están proscritas en nuestro Derecho, y más aún si son conseguidas por la vía de una extremada exigencia de la legitimación de parlamentarios, grupos o partidos políticos». A juicio de estos dos magistrados –que siguen formando parte de esta sección y que seguirán manteniendo este criterio–, sus compañeros habían rechazado de forma «desproporcionada y anticipada» una legitimación que, precisamente, por la gravedad de los delitos cometidos, tendrían que haber estudiado de forma pausada e individualizada. «Los representantes públicos no tienen un derecho más amplio a la legitimación, pero tampoco menos», señalaron.

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