El Supremo rechaza los recursos contra los indultos del 'procés' por falta de legitimación de particulares y partidos

Admite las alegaciones de la Abogacía del Estado, contraria a la admisión, por tres votos a dos

Los presos del 'procès' en una imagen de archivo EFE | Vídeo: EP

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La Sección Quinta de la Sala de Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado este jueves los recursos contra los indultos del 'procés' presentados, entre otros, por Vox, PP y Ciudadanos (en este caso, no como partido) por falta de legitimación activa . Los magistrados han tomado esta decisión por mayoría tras concluir esta misma mañana la deliberación de las alegaciones previas formuladas por la Abogacía del Estado en los recursos contencioso-administrativos interpuestos, informan fuentes del Alto Tribunal. El contenido de los autos se conocerá en los próximos días.

Según ha podido saber ABC, la decisión se ha tomado por tres votos a dos, es decir, por solo uno de diferencia. Los magistrados Wenceslao Olea y Fernando Román eran partidarios de considerar la legitimación activa al menos de los partidos, al apreciar la existencia de un interés directo en la causa; otros dos magistrados, Ángeles Huet y Octavio Herrero mantenían la postura contraria, la que ha triunfado gracias al voto del presidente de la sección, Segundo Menéndez, del que ha dependido que la balanza se incline a la inadmisión.

La decisión de los magistrados, que esa mayoría justifica en la propia doctrina de la Sala, muy restrictiva en esta materia, implica que el Supremo ya no entrará a analizar el fondo de los recursos, que rebaten los argumentos del Gobierno para conceder la polémica medida de gracia a los condenados del 'procés'. Los recurrentes eran Convivencia Cívica Catalana; los dirigentes de Ciudadanos Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo-Saavedra, a título particular; Vox; Partido Popular; los diputados y exdiputados del Parlamento de Cataluña del PP también a título particular Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Roldán; el exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Milló; y la asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén.

La sentencia de esta misma Sala Tercera en el recurso contra el nombramiento de la fiscal general, Dolores Delgado, por parte de PP y Vox, ya aludía a la "abrumadora" jusrisprudencia del Supremo en torno a la legitimación de los partidos para recurrir. Consciente de ello, Ciudadanos primero y luego el PP, optaron por la fórmula de que fueran particulares (diputados y exdiputados del Parlament) con "interés directo" en la decisión gubernamental, los que interpusieran estos recursos. Aun así, y a la vista del resultado, esta opción tampoco ha resultado válida para la mayoría, aunque sí para los dos magistrados que previsiblemente expondrán su parecer en un voto particular.

El BOE del pasado 21 de junio publicó los indultos a los nueve procesados condenados a penas de prisión. En todos ellos, se perdonaba la pena de cárcel pendiente de cumplimiento, una de las formas más habituales de indulto, y se mantenía la inhabilitación de todos ellos. El indulto se justificó en razones de utilidad pública.

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