CORONAVIRUS
El Poder Judicial permite que los jueces de Madrid, País Vasco y La Rioja suspendan plazos y juicios con el acuerdo de los TSJ
Habilita dos escenarios en la Administración de Justicia: para todo el territorio nacional y para las comunidades donde las medidas están siendo más drásticas
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La Comisión Permanente del Poder Judicial ha aprobado este miércoles en sesión extraordinaria una instrucción de actuaciones judiciales para garantizar el servicio público judicial, adaptado a las recomendaciones de las autoridades sanitarias en relación con la epidemia de coronavirus COVID-19.
La instrucción consta de dos partes, una informativa con las recomendaciones de protección individual y colectiva frente a la enfermedad y otra que establece directrices en relación con la actuación judicial en función de distintos escenarios: uno general para todo el territorio nacional y otro para los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio de la enfermedad.
Bajo la dirección de la Comisión Permanente se ha constituido esta mañana una Comisión de Coordinación y Seguimiento que estará integrada por el Secretario General, el Gabinete de la Presidencia, el Gabinete Técnico, el Servicio de Inspección, la Oficina de Comunicación, el Servicio de Personal Judicial y la Sección de Prevención de Riesgos de la Carrera Judicial.
Según ha informado el departamento de comuicación del CGPJ, las medidas a adoptar en el escenario 1 o escenario general incluyen la realización de los señalamientos con tiempo suficiente entre ellos para que no haya una gran afluencia de partes y de profesionales esperando la celebración de vistas en un espacio común; la restricción temporal de la asistencia de público a los actos procesales -limitándola a un número de personas que permita mantener una distancia de seguridad de un metro- y la utilización en la medida de lo posible del sistema de videoconferencia.
El escenario 2 comprende los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación y el contagio por el coronavirus, el caso de la Comunidad de Madrid.
Además de las medidas incluidas en el escenario 1, se contempla para este escenario la posibilidad de que los jueces acuerden la suspensión de plazos procesales y de actuaciones procesales ya acordadas por razones sanitarias. Estos casos precisarán de la autorización del presidente del tribunal correspondiente y de la ratificación posterior de la Comisión Permanente, sin perjuicio de su ejecución inmediata.
Minimizar los contactos
Los objetivos que se persiguen con las instrucciones acordadas hoy son, por un lado, minimizar los contactos interpersonales que puedan favorecer la transmisión del coronavirus en dependencias judiciales o con ocasión de la prestación del servicio público judicial y ajustar la prestación de este servicio a las indicaciones emanadas de las autoridades sanitarias, promoviendo la coordinación de las distintas instancias con competencias en el ámbito de la Administración de Justicia; y por otro evitar actuaciones unilaterales y descoordinadas.
Se recomienda la aplicación de medidas de conciliación entre la vida personal y laboral (permisos y autorizaciones) , el fomento del teletrabajo para las miembros de la carrera judicial que en función de sus características personales o estado biológico conocido puedan ser consideradas como especialmente sensibles (embarazo, patologías previas, medicación…); o la dispensa del uso de la toga para los abogados en los actos procesales en los que este sea preceptivo.
Tras las medidas anunciadas por sanidad, algunos juzgados de Madrid ya habían decidido su cierre temporal. Es el caso del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Madrid, en el que la letrada de la Administración de Justicia informaba en una breve nota de que «a la vista de la propuesta efectuada por los funcionarios de este órgano judicial, quienes están expuestos de forma directa al público y profesionales, y debido asimismo a la comparecencia en el día de hoy en el juzgado número 18 de un testigo respecto del que se han adoptado medidas de protección y alejamiento se acuerda el cierre de las dependencias judiciales al público, a la espera de la decisión que con carácter general de adopte respecto de los órganos jurisdiccionales del edificio».
Por su parte, el juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid comunicaba ayer en un cartel que «hasta nueva orden atenderá a los profesionales y al público general a través de ventanilla». Desde el sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia denuncian que llevan tiempo solicitando medidas de protección para los funcionarios que trabajan en los órganos judiciales «sin que hasta la fecha se haya hecho nada, únicamente enviar un par de guantes de desechables para cada trabajador y un botecillo de gen higienizante (donde ha llegado)».
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