Sánchez, multado por usar La Moncloa con fines partidistas
Primer presidente al que se le impone una sanción por infringir la ley electoral
No hay precedente. Pedro Sánchez es ya el primer presidente del Gobierno sancionado administrativamente por infringir la ley electoral . La multa, de 500 euros, es el coste a pagar por utilizar con fines partidistas el Palacio de la Moncloa durante la precampaña de los comicios generales celebrados el pasado 10 de noviembre.
Al jefe del Ejecutivo le acompaña en este «honor» su anterior portavoz, Isabel Celaá , que asume el pago de 2.200 euros por sus reiteradas declaraciones electoralistas en las ruedas de prensa posteriores a las reuniones del Consejo de Ministros . Ella no es la primera ministra con un castigo similar. Se une a la también socialista Magdalena Álvarez, que fue titular de Fomento en el primer Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero.
Ni Sánchez ni Celaá podrán alegar que les pilla de improviso la sanción. La Junta Electoral Central (JEC), órgano que regula los procesos electorales en España, avisó en reiteradas oportunidades a los miembros del Gobierno de que, en periodo electoral, está prohibido el quebrantamiento de la neutralidad institucional por parte de todos los poderes públicos.
Así lo regula el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que impide las manifestaciones partidistas en actos financiados u organizados directa o indirectamente por poderes públicos. Desde la convocatoria de las elecciones –el 23 de septiembre– hasta el mismo día de la votación –el 10-N–, la neutralidad debe garantizarse.
El motivo: «Quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral, en aplicación del art. 50.2 de la LOREG»
Ya en el primer Consejo de Ministros posterior a la convocatoria, el 27 de septiembre, Celaá utilizó la rueda de prensa como altavoz de los intereses del PSOE . En un lapsus, confundiendo La Moncloa con la sede socialista de Ferraz , la ministra de Educación llegó a afirmar que su partido salía «a ganar las elecciones».
Ciudadanos denunció entonces a la ministra, pero el órgano arbitral determinó que solo cabía llamarle la atención e instarle a «maximizar su deber de cuidado para no efectuar valoraciones políticas con connotaciones electoralistas» en su ejercicio de portavoz.
La advertencia, no obstante, fue ignorada sistemáticamente. El 11 de octubre, la entonces única vicepresidenta, Carmen Calvo , y la ministra de Hacienda, María Jesús Montero , hicieron de nuevo campaña desde la sala de prensa de La Moncloa y la JEC elevó el aviso a todo el Gobierno.
Tercer y último aviso
Caso omiso. Dos semanas después, Celaá empleó su introducción a los acuerdos alcanzados en el Consejo de Ministros para presumir de los logros de su Ejecutivo, algo expresamente prohibido por la ley electoral; pero es que además Sánchez concedió una entrevista a La Sexta en la sede gubernamental. No terminó ahí, sino que la entrevista se colgó en la página web oficial de La Moncloa. El PP actuó y denunció a ambos ante la JEC.
El 30 de octubre, a la tercera, la Junta Electoral abrió expediente sancionador contra el presidente del Gobierno y contra la exportavoz y ministra de Educación. Hoy, por fin, se ha resuelto una sanción de 500 euros contra el primero y de 2.200 contra la segunda. Algo nada habitual en la democracia española. Solo el «president» Quim Torra , por su continua desobediencia y su exhibición de símbolos independentistas en el Palacio de la Generalitat, había recibido multas de 3.000 y de 2.500 euros. La cantidad, según estipula el artículo 153.1 de la LOREG, oscila entre los 300 y los 3.000 euros.
El caso de Sánchez ha roto en dos a la Junta Electoral , que ha decidido imponerle una sanción en el tramo bajo de la horquilla. Siete vocales se han mostrado a favor y seis han presentado votos particulares al entender que se debió archivar el expediente. No ha sido así en la resolución contra la ministra.
De momento no ha habido reacción oficial del Gobierno, pero fuentes de La Moncloa recuerdan que la decisión es «recurrible», informa Víctor Ruiz de Almirón . Cuando se abrió el expediente, el Ejecutivo acusó a la JEC de cambiar de criterio porque Mariano Rajoy también concedió una entrevista en esta sede en periodo electoral.
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