¿Cuándo empieza y cuánto va a durar el estado de alarma en Madrid?
La ley fija un plazo de quince días y entra en vigor en el momento que sea publicado por el BOE
Estado de alarma en Madrid en directo

La Comunidad de Madrid estará dentro de pocas horas en estado de alarma, tal y como ha aprobado hoy el Consejo de Ministros extraordinario celebrado al efecto. Presidido por la vicecepresidenta segunda, Carmen Calvo, debido la visita del presidente de Gobierno Pedro Sánchez y el Rey Felipe VI a Barcelona, su declaración se lleva a cabo tras el decreto acordado por los todos los miembros que componen del Ejecutivo central en el Consejo de Ministros .
Entrará en vigor tras ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) , a primera hora de la tarde . En el decreto se determina el ámbito territorial, en este caso, exclusivamete la región madrileña, sus efectos y su duración en el tiempo, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá ampliar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga. Así lo establece el artículo sexto de la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio, sobre los estados de alarma, excepción y sitio.
La finalidad de esta medida es «garantizar la salud pública», lo que se traduce en aplicar las medidas tumbadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madri d. Es decir, implantar los confinamientos perimetrales que se estaba aplicando hasta el jueves por la mañana, para restringir la movilidad en la Comunidad de Madrid con el fin de frenar los contagios de coronavirus que la sitúan a la cabeza de España. Su puesta en marcha se produce tras los sucesivos desencuentros entre ambas administraciones: central y autonómica.
Este será el séptimo estado de alarma para los residentes en la región madrileña. En todo el país se dictaron seis durante la fase más dura de la pandemia: el primero el 14 de marzo, en virtud del Decreto 463/2020 de esa fecha. Este fue prorrogado hasta el 21 de junio cuando se volvió a la denominada «nueva normalidad».
El Pleno de Congreso lo revalidó en cinco ocasiones : en las sesiones celebradas el 25 de marzo, 9 y 22 de abril, 6 y 20 de mayo y 3 de junio de 2020. Sánchez se encontró cada vez con más dificultades para sacar adelante la medida, pues los apoyos fueron menguando. Gracias a Cs lo logró.
En alteraciones graves de la normalidad
¿Cuándo se puede declarar el estado de alarma? El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 la Constitución, lo puede declara en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca «alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad». Una de ellas, la que ha aplicado: crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves. También lo puede hacer en caso de catástrofes, calamidades o desgracias públicas por terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
Además, está previsto que se pueda implantar también si se paralizan servicios públicos esenciales para la comunidad (ocurrió en la huelga de pilotos) o, en situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
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