El CGPJ suspende la obligación de acudir a firmar al juzgado a los imputados con cautelares
Comunica a Eurojust que se siguen tramitando órdenes de detención, pero las entregas se aplazan
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La Comisión Permanente del CGPJ ha acordado este viernes suspender la obligación de comparecer periódicamente en sede judicial que se impone como medida cautelar de prevención de fuga a los investigados en causas penales, si bien da libertad a los jueces para dictar lo contrario cuando lo consideren atendiendo a «circunstancias excepcionales».
La suspensión es de carácter general y s e mantendrá mientras dure el estado de alarma decretado por el Gobierno, según ha decidido la Permanente tras analizar un informe jurídico del Gabinete Técnico al respecto.
En cuanto a los casos excepcionales, el CGPJ precisa que se trata de supuestos en los que el juez aprecie riesgo de ocultación o fuga, cosa que el instructor a cargo deberá comunicar tanto al juzgado de guardia donde se celebre esa comparecencia como al interesado.
En cualquier caso, deberá realizarse el trámite « evitando en la medida de lo posible la presencia físic a y empleando medios alternativos como llamada telefónica, correo electrónico o notificación a la representación procesal o defensa del investigado».
Aplazadas las entregas
Por otra parte, el área de relaciones internacionales del CGPJ ha enviado una nota al sistema europeo Eurojust en la que comunica la situación de estado de alarma y explica que si bien «se están tramitando con normalidad y puntualidad las Órdenes Europeas de Detención y Entrega recibidas en España», l as entregas se están aplazando formalmente cuando no es posible materializarlas bien por las restricciones en territorio nacional, bien por las vigentes en el país de destino.
En este sentido, la nota explica que se están realizando consultas con la autoridad de emisión para fijar una nueva fecha de entrega , en un canal de diálogo que «se mantendrá abierto el tiempo necesario en que subsista la situación de fuerza mayor».
En relación a las resoluciones que imponen penas o medidas privativas de libertad y al traslado de personas condenadas, el CGPJ comunica que «al no tratarse de asuntos graves urgentes e inaplazables no se están emitiendo resoluciones de reconocimiento durante la crisis sanitaria». « Existe constancia de que hay resoluciones firmes pendientes de ejecución y en este caso se está aplazando el traslado», añade.
Informa además de que atendiendo a la gravedad del delito y el resto de circunstancias expuestas en la orden europea de detención y entrega se está decidiendo la situación procesal y las medidas cautelares en cada uno de los casos. No se han registrado contagios en estas personas sujetas a extradición.
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