El Tribunal Supremo rechaza que se devuelva la plusvalía municipal liquidada en firme

El Supremo entiende que lo dicho por el Constitucional no afecta a las liquidaciones del impuesto «giradas con anterioridad y que hayan ganado firmeza en vía administrativa»

Qué es el impuesto de plusvalía municipal

EFE

El Tribunal Supremo ha rechazado que se pueda solicitar la devolución de la plusvalía municipal abonada con una liquidación en firme, lo que no contradice la doctrina del Tribunal Constitucional, que en 2017 declaró inconstitucional el tributo . En febrero de ese año, el Constitucional anuló el impuesto municipal sobre las plusvalías, que en teoría gravaba la revalorización de los inmuebles cuando son vendidos, pero en la práctica se abonaba siempre, aunque hubieran perdido valor.

El fallo aclaraba que «en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial», es decir, que para el Constitucional no es legal imponer un impuesto cuando no se ha producido una ganancia económica.

Pero el Supremo entiende que lo dicho por el Constitucional no afecta a las liquidaciones firmes del impuesto «giradas con anterioridad y que hayan ganado firmeza en vía administrativa», que por ello no puedan ser consideradas nulas de pleno derecho.

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