Las recetas para ahorrar 4.300 euros en la declaración de la Renta a cierre de año

Los asesores recomiendan adelantar operaciones en un momento de incertidumbre ante la subida fiscal que planean PSOE y Podemos para 2020

Instalaciones de la Agencia Tributaria en Madrid durante la última campaña de la Renta ERNESTO AGUDO

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Si cree que aún quedan meses para completar la declaración de la Renta de este año, se equivoca: apenas resta unas semanas para planificarla. «La declaración empieza el 1 de enero y acaba el 31 de diciembre», asegura el presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf), Jesús Sanmartín. Este año, además, hay una novedad: PSOE y Podemos planean conformar Gobierno en diciembre y que no haya vacaciones navideñas en el Congreso de los Diputados para así aprobar cuanto antes los Presupuestos de 2020.

Unas cuentas cuya hoja de ruta será la de 2019, por lo que planea la amenaza de que el PSOE y Podemos negocien la subida de impuestos a rentas altas del trabajo y del capital —a la que Hacienda se opone—. Junto a ello, la Autoridad Fiscal está ultimando su evaluación de bonificaciones en el IRPF tales como las aportaciones a sistemas de previsión social —que supone 1.630 millones de euros de menor recaudación— o donativos —500—, por lo que ante la posibilidad de que desaparezcan, conviene adelantar decisiones si pensaba realizarlas.

Los asesores fiscales del Consejo General de Economistas REAF han elaborado una guía de cien consejos para planificar la Renta de 2019 en los últimos compases del año, un ahorro que el sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) cifra en 4.300 euros de media.

Planes de pensiones

Aportar al plan de pensiones aligera la base imponible del IRPF , por lo que muchos aprovechan los últimos días del año para transferir dinero. La reforma tributaria redujo el máximo de aportación de 10.000 —o 12.500 euros para los mayores de 50 años— a 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas. Debe tener en cuenta que el límite incluye tanto las aportaciones personales a planes individuales como las que la empresa realice en su nombre, en caso de que tenga usted un plan de empleo en su trabajo .

En todo caso, si ha agotado este límite, puede aportar hasta 2.500 euros al plan de su cónyuge. Gestha recuerda que invertir otros 6.234 euros de media para alcanzar el límite de estas aportaciones garantiza un ahorro adicional de unos 1.870 euros de media, variando este ahorro adicional según los ingresos y la comunidad autónoma de residencia. Por otra parte, si se jubiló en 2011 o en 2017 solo tiene hasta finales de este año para aprovechar la reducción del 40% por el rescate en forma de capital por prestaciones anteriores a 2007.

Finiquitos en peligro

Las indemnizaciones por despido improcedente están exentas hasta el importe obligatorio, con un máximo de 180.000 euros. Sin embargo, el REAF alerta de que la Agencia Tributaria está vigilando con mayor ahínco los casos de «falsos improcedentes». La Administración puede considerar que hay pacto entre trabajador y empresa si detecta indicios suficientes para ello, aunque se haya conciliado en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), con lo que se perdería la exención de IRPF. «Es una vigilancia que siempre se ha producido y sobre la que recientemente ha fallado a favor de la Administración la Audiencia Nacional», asevera el presidente del REAF, Jesús Sanmartín.

Deducción por vivienda

En el caso de que comprara su casa antes de 2013 y se aplique la deducción por vivienda habitual en la hipoteca, quizá le convenga agotar el importe máximo de 9.040 euros anuales con una amortización extraordinaria que alcance esa cuantía. Hasta este umbral, podrá deducirse un 15% de lo aportado .

Mayores de 65 años

Si tiene más de 65 años y contempla vender o transmitir un bien que le rente beneficios, conviene valorar constituir con la ganancia obtenida una renta vitalicia, para no tributar por el montante recibido. Eso sí, esta bonificación tiene como máximo 240.000 euros . Si tiene 64 años y piensa vender algún bien, como una casa, quizá sea mejor desde el punto de vista del bolsillo esperar a cumplir los 65 años para que las ganancias queden exentas.

Donativos sí, pero ojo con los colegios

Gestha recomienda conservar los justificantes de los importes donados a entidades solidarias como ONG y fundaciones, así como las cuotas sindicales, de colegios profesionales (con un límite de 500 euros) y los gastos de defensa jurídica contra el empleador (siempre y cuando asciendan hasta 300 euros). El contribuyente podrá desgravarse un 75% de los primeros 150 euros donados y un 30% del resto de sus aportaciones. Este porcentaje de bonificación aumenta al 35% si la cuantía donada a una misma ONG no ha disminuido en cada uno de los tres últimos años. Además, están exentas las ganancias patrimoniales generadas si se donan los bienes. En este sentido, el REAF alerta de que el Fisco ha levantado actas a padres que se aplicaban la deducción por donaciones a las cuotas pagadas a los colegios concertados de sus hijos .

Otro consejo es deducir un 10% por donativos a fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública. En País Vasco el porcentaje es del 20% y en Navarra, del 25%. Las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que incluyen una deducción del 20% de la cuota —del 15% en Navarra y del 20% en País Vasco, sin límite—, limitadas a un máximo de 600 euros.

Cuidados con las donaciones

En las donaciones de negocios o participaciones familiares, aunque lo que tenga que pagar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones sea poco, tenga cuidado porque, si no se cumplen los requisitos para aplicar la reducción en ese impuesto de la normativa estatal, la ganancia patrimonial de la operación tendrá que tributar en su IRPF.

Gastos en viajes

El REAF alerta de que si su empresa le compensa por los gastos de viaje en que incurra cuando desempeña su trabajo y todo o parte de los mismos se excluye del IRPF, conviene que guarde los justificantes al menos de estancia, transporte, parking y peajes , ante una posible revisión del Fisco, que responsabilizará al trabajador y no a la empresa.

Matrimoniadas fiscales

La subida fiscal también se puede sortear según el régimen de su matrimonio. Si está casado en régimen de gananciales y se separa, o si se disuelve una comunidad de bienes creada por herencia o por voluntad de los comuneros, es aconsejable hacer un reparto equitativo de bienes y derechos, para que así uno de los cónyuges o comuneros no deba tributar más que el resto. Asimismo, si está inmerso en un divorcio o separación, le conviene que el acuerdo que llegue con su cónyuge sea refrendado judicialmente.

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