El Consejo de Ministros dará luz verde este lunes a la reforma de la plusvalía municipal

«El lunes arreglo lo de la plusvalía, hombre, claro, lo llevo al Consejo de Ministros, dicho y hecho», aseguró el sábado la ministra de Hacienda Montero quien deberá modificar el método de cálculo del tributo tras el fallo del TC

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Quién paga la plusvalía municipal

María Jesús Montero, ministra de Hacienda EFE / Vídeo: Montero: «El lunes arreglo lo de las plusvalías» - ATLAS

ABC

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero , subió al estrado el sábado durante el XIV Congreso Regional del PSOE-A en Torremolinos y con contundencia aseguró ante miles de militantes y cuadros socialistas andaluces que «el lunes arreglo lo de la plusvalía, hombre, claro, lo llevo al Consejo de Ministros, dicho y hecho» . De esta forma, confirmaba lo apuntado ya por medios como ABC el viernes sobre la aprobación este lunes del real decreto-ley de reforma de los artíclos declaradados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional (TC) referentes al denominado Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (o plusvalía municipal ). Como informó ABC , solo el Ayuntamiento de Madrid, preveía recaudar por este tributo unos 607 millones de euros en 2022 y, tras el fallo del TC, deberá devolver 383 millones de euros.

Pero, ¿a qué tipo de reforma dará luz verde el Consejo de Ministros de hoy? El objetivo es salvar las cuentas de los alrededor de 8.000 ayuntamientos españoles y, para ello, el departamento que dirige María Jesús Montero introducirá modificaciones en el sistema de cálculo de la base imponible del tributo (en la cantidad sobre la que se aplica los tipos del impuesto). Lo lógico es que Hacienda saque adelante un decreto con el nuevo método de cálculo del impuesto . Un cambio que llega como agua de mayo para unas haciendas locales que desde la sentencia del pasado 26 de octubre viven en una continua zozobra.

2.500 millones en el alambre

En juego, una recaudación anual global de 2.500 millones de euros para los consistorios españoles. El fallo del Tribunal Constitucional declaró ilegal varios articulos de la Ley de Haciendas Locales. En concreto, la sentencia del Constitucional sostenía que «el método de valorar la base imponible con arreglo a módulos o criterios objetivos no es necesariamente inconstitucional siempre que se cumplan una serie de condiciones que no se respetan en los artículos analizados, porque la regulación que llevan a cabo esos artículos conducen a un resultado que se aleja notablemente de los valores reales de los inmuebles en el mercado inmobiliario. Por ello, considera que son inconstitucionales y nulos».

O lo que es lo mismo, el fallo expulsa al impueso del ordenamiento jurídico «dejando un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible que impide la liquidación, comprobación, recaudación y revisión de este tributo local y, por lo tanto, su exigiblidad». Hoy, con los cambios que apruebe el Consejo de Ministros, muchos ayuntamientos respirarán tranquilos.

Quiénes pueden recurrir

De igual modo, el TC cierra las puertas en su fallo a la mayoría de las reclamaciones, excluyendo de su aplicación a las situaciones que sean ya firmes y a aquellas que no se hayan recurrido a la fecha en que se ha dictado la sentencia (26 de octubre de 2021). Esto reduce la vía de las reclamaciones a aquellos casos que ya estuvieran en revisión antes de la citada fecha.

Pero, ¿cómo se ha llegado a esta situación? La sentencia del Tribunal Constitucional tiene su origen en el recurso presentado por la sociedad andaluza Impuestalia - dedicada a la gestión catastral y al asesoramiento fiscal - en el que reclamaba declarar inconstitucional el impuesto de la plusvalía municipal por entender que el método de cálculo era inconstitucional . El tribunal les dío la razón el pasado 26 de octubre.

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