El Vaticano pedía actuar ante abusos «sin generar escándalo», salvo si hay «peligro de nuevas agresiones»

Vuelven a salir dos cartas de la Congregación para la Doctrina de la Fe que muestran esta práctica

Una víctima chilena que denuncia abuso sexual clerical, Juan Cruz, antes de su reunión con el Papa Francisco, en el Vaticano (en abril de 2018) REUTERS

Javier Martínez-Brocal

El principio que guía el Derecho canónico es la «salus animarum», que se traduce como que la sentencia y la pena ayuden al acusado a arrepentirse y reconciliarse y que no empeoren la situación de partida.

Esa idea ayuda a entender por qué cuando el Vaticano decidía expulsar del sacerdocio a un agresor, pedía a los obispos que actuaran «evitando el escándalo». Paradójicamente, esas medidas beneficiaban sobre todo a los abusadores y aumentaban la frustración de las víctimas.

La prensa italiana ha publicado dos ejemplos de esta práctica. Se trata de dos cartas, una de marzo de 2012 y la otra de marzo de 2015 firmadas por el español Luis Ladaria, entonces número 2 de la Congregación para la Doctrina de la Fe y ahora su principal responsable.

Ninguno de los dos textos es nuevo, ya que fueron publicados en 2018, pero han despertado la polémica pues aparecieron anoche en un programa de la televisión italiana y ahora en la portada de la edición del viernes del periódico 'Domani'.

Se trata de la respuesta casi idéntica de Ladaria a un obispo italiano y a otro obispo francés en el marco de dos casos de abusos cometidos por sacerdotes. El primer documento, de 2012, es un decreto por el que se ordena la pérdida del estado clerical de un sacerdote abusador de menores, en la ciudad de Foggia. En el texto solicita que se proceda de un modo que «no genere escándalo», excepto si hay «peligro de nuevos abusos a menores». La decisión del Vaticano no se aplicó pues dos años después, el ex sacerdote, convertido en entrenador de fútbol, abusó de menores de entre 11 y 13 años y en 2020 fue condenado a 20 años de prisión.

El artículo del periódico italiano cita el escrito del juez en la audiencia preliminar, donde asegura que la autoridad religiosa «ha mantenido absoluto silencio, y así ha permitido que el imputado continúe frecuentando impunemente menores y convirtiéndolos en objeto de sus perversiones».

El segundo documento «republicado» es del mismo tenor, y fue dado a conocer por la magistratura francesa en 2018. En 2015, el entonces cardenal de Lyon, Philippe Barbarin preguntó a Luis Ladaria , como secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, cómo debía actuar ante denuncias de abusos cometidos a principios de los 90 por el sacerdote Bernard Preynat .

«Eminencia, esta Congregación, después de haber estudiado atentamente el caso del sacerdote, ha decidido confiarle la misión de tomar medidas disciplinarias adecuadas, evitando escándalo público. En cualquier caso, en estas condiciones no se le puede confiar ningún ministerio pastoral que incluya un eventual contacto con menores», escribe Ladaria.

La carta salió a la luz cuando varias víctimas denunciaron los abusos, que destaparon que el sacerdote llevaba 20 años actuando así. Fue condenado a 5 años de cárcel.

Una corte francesa solicitó entonces la comparecencia del cardenal Ladaria ante la justicia, pero el Vaticano alegó la «inmunidad funcional que el Derecho internacional reconoce a los funcionarios públicos por actos cometidos en nombre de un organismo soberano», como explicó la Secretaría de Estado.

El debate sobre qué querían decir cuando pedían «no crear escándalo» no es nuevo y durará mucho tiempo. Pero dos cosas han cambiado desde que se escribió la carta en marzo de 2015.

Después del encuentro de febrero de 2019 con presidentes de las conferencias episcopales para afrontar esta cuestión , el Papa Francisco, a petición de las víctimas , pidió que se mantenga informados a los afectados sobre la marcha de los procesos canónicos contra sus abusadores y que las sentencias se hagan públicas.

También, desde 2020, el Papa explícitamente ha obligado a los obispos a «presentar denuncia ante las autoridades civiles competentes cada vez que piense que sea indispensable para tutelar a la persona ofendida o a otros menores en peligro de nuevos abusos».

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