Los rectores se rebelan contra el Gobierno por pretender poner profesores titulares a dirigir los campus
La idea choca frontalmente con la propuesta del PSOE, adelantada por ABC, que propone profesores titulares para acceder al rectorado. La CRUE va más allá y pide que no solo se mantengan los catedráticos sino que tengan un mejor currículo
La CRUE también pide que se incluya en la nueva ley un sistema de financiación homogéneo para los campus de todo el país, pide eliminar la tasas de reposición y dice no a la EBAU única

Los rectores tienen muy claro cómo quieren que sea la futura ley de Universidades. Y los cambios que proponen para el Sistema Universitario Español no son menores. Desde catedráticos excelentes para acceder al cargo de rector , pasando por un nuevo modelo de financiación en ... el que cuenten con una parte básica y homogénea para todos los campus y otra por objetivos, pasando por la eliminación de la tasa de reposición, garantías de que todos los alumnos reciben becas (independientemente de si pertenecen a la universidad pública o la privada) y la eliminación, en la futura ley, de la fiscalidad de los campus privados.
Noticias relacionadas
- Celaá bajó el nivel y ‘regaló’ el aprobado a más de 30.500 alumnos de Bachillerato
- Castells promete clases presenciales para el curso próximo pero tomará la decisión final en agosto
- «Habrá que ver en qué medida Castells abre en su ley un diálogo que integre tanto a las universidades públicas como a las privadas»
- Los campus nuevos y privados, los que más empleo dan
Así se desprende del documento, al que ha accedido ABC , elaborado por la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE), con sus consideraciones sobre cómo debe ser la futura Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) . El anteproyecto de esta norma, según dijo el ministro Manuel Castells , llegará al Consejo de Ministros el próximo otoño e iniciará su andadura parlamentaria en 2022.
Catedráticos con currículo sobresaliente
El informe de la CRUE deja claro que debe ser un catedrático, como señala la ley vigente (LOU de 2001, actualizada en 2007), el que debe acceder al cargo de rector. Esto rompe con la propuesta del Partido Socialista que, como avanzó este periódico, quiere incluir en la nueva norma la posibilidad de que sea un profesor titular funcionario el que pueda hacerlo; entre otros motivos, para incluir a más mujeres, ya que hay pocas catedráticas . La medida, que no ha gustado ni a las rectoras (como por ejemplo Pilar Aranda , de la Universidad de Granada, o Amaya Mendikoetxea , de la Autónoma de Madrid) no solo es rechazada por la CRUE, sino que van más allá y piden un catedrático excelente para ser rector. «El rector o la rectora, como máximo/a representante académico/a de la institución, debe pertenecer al cuerpo de catedráticos de universidad y debe contar con una carrera académica y de gestión universitaria consolidada , con unos requisitos mínimos de docencia, investigación y transferencia, y gestión universitaria establecidos en los estatutos de la universidad», apunta el documento, que señala como uno de los principios orientadores «que constituyen la salvaguarda de la Universidad», la «calidad y la excelencia académica».
Por otro lado, plantean que el rector debería ser elegido por un mandato único de seis años (en lugar de dos de cuatro, como ocurre actualmente), «no pudiendo ser reelegido para dos mandatos consecutivos». ¿Por qué este cambio? « Da más independencia y tiempo para desarrollar un proyecto », deducen fuentes académicas. También se pide para el rector mayor capacidad ejecutiva, que «sería supervisada por el Consejo de Gobierno con la periodicidad que establezcan los estatutos y, en ningún caso, debería ser menor de una por trimestre».
Financiación de la pública: fija y en función de los objetivos
Actualmente, la principal fuente de financiación ordinaria de las universidades públicas son las comunidades, lo que genera diferencia en los niveles de financiación. La CRUE plantea que en la nueva ley se integre un «modelo de financiación de referencia estatal que permita reequilibrar la situación actual». Este sería basal, homogéneo para todo el sistema, con el objetivo de garantizar los costes estructurales (por ejemplo, nóminas) de manera que las universidades ‘puedan abrir’ todos los días.
Por otro lado, se plantea una financiación por objetivos (que ya existe, pero que para los rectores es insuficiente) « que asigne recursos con objetividad en función de los resultados docentes, de I+D+i y transferencia logrados por cada universidad», apunta el informe. Todo ello, al margen de que cada comunidad implemente las políticas que considere. Por último, se plantea una línea de financiación basal finalista de carácter estatal para todas las universidades, destinada exclusivamente a la investigación.
La CRUE, en el apartado de financiación que tendrá la ley, también pide que se sitúe la financiación del sistema de educación superior en torno al 1% del PIB de aportación de recursos públicos o del 1,5% del PIB de recursos totales, «que representa la media en los sistemas universitarios de otros países desarrollados».
Tasa de reposición: eliminación para evitar la precariedad
La tasa de reposición es un límite presupuestario que establece el Gobierno central para convocar plazas en las universidades. Para la CRUE, el mantenimiento de una tasa muy restrictiva durante los últimos años en las universidades públicas « ha generado una reducción importante del profesorado y del personal de administración y servicios (PAS) permanentes, un sustancial aumento de la precariedad laboral y un significativo envejecimiento de las plantillas al no poder realizar el natural y necesario relevo generacional». Por ello, piden su eliminación, al igual que han reivindicado la mayoría de sindicatos. Su supresión permitirá a las universidades convocar las plazas de profesorado que quieran sin control del gasto por parte de las comunidades y el Estado.
Campus privados: sin fiscalidad en la ley y alumnos con derecho a beca
El ministerio de Universidades puso a disposición de la comunidad universitaria un documento de trabajo sobre la futura ley planteado en forma de preguntas. En el apartado de fiscalidad pregunta si « debe haber un trato fiscal distinto en función del tipo de universidad », cuestión que no gustó a las privadas porque volvió el fantasma de cuando el Gobierno planteó eliminar la exención de IVA de la educación privada en la configuración de los Presupuestos.
La CRUE apunta a que la fiscalidad de las universidades, sean del tipo que sean, « no debería ser objeto de consideración en una ley orgánica . Debe considerarse que la educación en su conjunto, y la actividad de educación superior en particular, se considera un ‘bien público’ para la ciudadanía, y este hecho debería ser determinante para que no se considerase abordar una fiscalidad distinta a la actual». También molestó el hecho de poner sobre la mesa la pregunta sobre el derecho a beca o no de los alumnos de la privada. El informe de CRUE dice, en este sentido, que «la posible distinción entre universidades públicas, privadas sin ánimo de lucro y privadas con ánimo de lucro –por lo que a las becas se refiere– no sería una distinción entre instituciones educativas; sería una distinción entre ciudadanos en función de su elección del centro educativo donde formarse , lo que ha sido considerado inconstitucional (sentencia del TC 191/2020)».
No a la EBAU única para toda España
Esta postura ya era conocida. Para los rectores, la desigualdad aparece no en el 40% que representa la nota de la EBAU, sino en el 60% restante . «Cabe la pregunta de si quienes proponen la centralización de la prueba estarían, también, a favor de una uniformización de los exámenes en todos los centros de enseñanza secundaria y de realizar un examen único estatal en cada una de las materias en cada curso de Bachillerato. Más aún, siendo que la prueba tiene validez en la Unión Europea y siguiendo la misma lógica, ¿no habría que pensar también en un examen único a nivel europeo?»
Órganos de Gobierno: reducción del número de miembros
La CRUE quiere reducir el número de miembros del claustro y del consejo de gobierno y dotar de nuevas funciones a algunos de dichos órganos, « garantizando la representación mayoritaria del personal docente e investigador (PDI) permanente doctor y manteniendo la proporcionalidad de representación por sectores (PDI, PAS y estudiantes) que existe en la actualidad en el consejo de gobierno y el claustro».
A la ya citada mayor capacidad ejecutiva para el consejo de dirección, se plantea que el consejo de gobierno se limite a la función normativa y de supervisión y que los consejos sociales tengan representantes a título individual, « y no en nombre de algún colectivo o sector » y, además, se les pondrán requisitos para ser miembros del consejo.
Respecto a estos, se plantea dar la opción a las universidades de «constituir un único consejo de la universidad como órgano de gobierno y de representación social, en sustitución del consejo de gobierno y el social actuales. Este consejo estaría constituido, al igual que sucede en otros sistemas universitarios europeos, con una mayoría representativa del 60% del PDI con vinculación permanente doctor, con representación del PAS y de los estudiantes (hasta un 10-20%), y un 20-30% de miembros externos a la universidad».
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete