¿Pueden las autonomías rechazar las nuevas restricciones?

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha asegurado que el Gobierno hará que las comunidades cumplan las medidas acordadas en el Consejo Interterritorial

Reunión del Consejo Interterritorial ABC

ABC

Los gobiernos autonómicos de Madrid, País, Vasco, Galicia, Castilla y León y Andalucía rechazaron el pasado jueves 3 de junio las nuevas medidas que se impondrán para frenar la pandemia de coronavirus de cara al verano.

El miércoles 2 de junio el Consejo Interterritorial , en el que están representados tanto el Ministerio de Sanidad como los distintos gobiernos regionales, acordó una serie de medidas por las que se adaptarán las restricciones vigentes a la situación actual. De este modo, se impondrá un marco común para toda España que regulará actividades como la hostelería o el ocio nocturno .

Las comunidades ya no contarán con el respaldo del estado de alarma para gestionar sus propias desescaladas. Los toques de queda y los cierres perimetrales han terminado, pero todo parece apuntar que habrá restricciones comunes en todo el territorio nacional , aunque dependerán de los niveles de riesgo establecidos en el plan de ' Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19 '.

Pero el acuerdo no ha sido unánime. El gobierno de Isabel Díaz Ayuso anunció ayer que recurrirá si Sanidad insiste en imponer limitaciones en la gran mayoría de Comunidades Autónomas. Otros gobiernos regionales han seguido la misma línea pero, ¿pueden las autonomías negarse a cumplir con lo acordado en el Consejo Interterritorial?

El Consejo Interterritorial

Según el artículo 73 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo , de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud por la que se regula el funcionamiento del Consejo Interterritorial, 'los acuerdos del Consejo se plasmarán a través de recomendaciones que se aprobarán, en su caso, por consenso '. De este modo, Madrid se acoge a este artículo para asegurar que el Ministerio de Sanidad no puede imponer un acuerdo del Consejo Interterritorial que no ha sido aprobado por todas las comunidades con unanimidad .

Sin embargo, en el artículo 65 sobre las actuaciones coordinadas en salud pública y en seguridad alimentaria, se asegura que 'la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública corresponderá al Ministerio de Sanidad ', eso sí, ' previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud' con una una excepción: 'En situaciones de urgente necesidad '. En estos casos se tomarán las medidas que sean estrictamente necesarias.

Con todo, las comunidades que se niegan a acatar las nuevas restricciones tendrán que hacerlo si se considera que estamos ante una situación de riesgo. Como se recoge en el mismo artículo de la Ley de Cohesión Social, modificada el pasado año por el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, 'las declaraciones de actuaciones coordinadas obliga a todas las partes incluidas en ella , y deberán encuadrarse en alguno de los siguientes supuestos:

1. Responder a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud pública .

2. Dar cumplimiento a acuerdos internacionales, así como a programas derivados de las exigencias de la normativa emanada de la Unión Europea, cuando su cumplimiento y desarrollo deba ser homogéneo en todo el Estado'.

Con todo, las comunidades no podrán rechazar las nuevas restricciones si se considera que España se encuentra en una situación delicada para la salud pública, como es la pandemia de coronavirus , la cual sigue declarada por la Organización Mundial de la Salud.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación