Los juristas temen que las políticas feministas del Gobierno generen inseguridad jurídica
El indulto a María Sevilla favorecerá que más «madres protectoras» rapten a sus hijos, dicen

El indulto que el Gobierno otorgó esta semana a la presidenta de Infancia Libre, María Sevilla , por el que redujo la pena de cárcel en dos años -evitando así que tenga que seguir en prisión- y le devolvió la patria potestad de su ... hijo ha provocado inquietud entre los juristas. Temen que este caso, que repite una historia similar a la de Juana Rivas, genere una sensación de impunidad en mujeres que, tras separarse o divorciarse de sus parejas, piensen en llevarse a sus hijos y separarlos de sus padres sin que un juzgado les haya dado la autorización para hacerlo.
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«No podemos trasladar al ciudadano que si una madre se lleva a sus hijos quedará impune. La ley está para cumplirla . Esto genera una enorme inseguridad jurídica. La seguridad jurídica es uno de los valores que consagra nuestra Constitución. Si no hay, el ciudadano no sabe a qué atenerse», expone María Jesús del Barco, presidenta de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), que lamenta que se traslade a la sociedad el mensaje de que María Sevilla es una «madre protectora» , como la definió la ministra de Igualdad, Irene Montero, tras otorgarle el Ejecutivo el indulto.
«Los jueces pintamos poco»
El indulto, recuerda esta magistrada, se debe aplicar «en situaciones extremas». En el caso de la expresidenta de Infancia Libre, había informes favorables tanto del juzgado que la condenó como del Ministerio fiscal para reducir la pena de prisión . Sin embargo, esos informes no abogaban por sustituir la inhabilitación a la patria potestad de su hijo a la que fue castigada por trabajos comunitarios, algo que el Gobierno, por su cuenta, sí ha aplicado. «La ley que regula el indulto dice que en ningún caso puede suponer que se denosta la labor del juez. Si los jueces condenamos a inhabilitación para la patria potestad pero luego el Gobierno elimina esta pena, ¿qué puede pensar el ciudadano? Que en realidad los jueces pintamos poco», lamenta Del Barco.
Para Verónica del Carpio, abogada y profesora de Derecho Civil, el planteamiento es «totalmente absurdo». La ley que regula el indulto, afirma, «en ningún caso está pensada para indultos que afecten a terceros». En este caso, señala, la patria potestad afecta a un tercero, el hijo de María Sevilla . Además, remarca, se trata de una medida civil, mientras que el indulto se centra en una cuestión penal.
El único sentido que tiene actualmente el indulto, considera Luis Rodríguez Ramos, catedrático de Derecho penal y abogado, es «solucionar los defectos del sistema Penal en casos en los que, después de que una sentencia adquiera firmeza, dicha sentencia padezca vicios de injusticia o de iniquidad y no exista otra manera de arreglar las cosas». En ningún caso, dice, puede ser calificado un indulto de arbitrario, pues la Constitución prohíbe la arbitrariedad a todos los poderes públicos en sus actuaciones. También considera que, con esta decisión, el Gobierno debilita la ejemplaridad de las penas, extendiendo además la impresión de la desigualdad de trato ante la ley de los hombres y mujeres en procesos de separación y divorcio.
«Desigualdad innecesaria»
Pero la inquietud entre los expertos se expande más allá del indulto, a las políticas feministas del Gobierno . Esta semana, la aprobación en el Congreso de la ‘ley del sí es sí’ ha generado también cierta agitación. «Está generando una inseguridad jurídica y una conciencia de que no todos somos iguales ante la ley, que hay una discriminación por el sexo», sostiene Rodríguez Ramos, que habla de una «desigualdad innecesaria en contra del varón». «Se amparan diciendo que hay que tratar desigual a los desiguales para que haya efectiva igualdad, lo que se llama `desigualdad positiva´, pero yo creo que esa sobreprotección que merecen algunas mujeres no debe redundar en una desigualdad desproporcionada».
En la futura ley, asegura este catedrático, las dudas sobre si hubo o no consentimiento tienen que seguir resolviéndose a favor del acusado, por mucho que en la redacción del texto se trate de apuntar a lo contrario. Rodríguez Ramos la tacha de «ideológica» . «Creo que la falta de calidad y de concreción se suple con una gran cantidad de articulos», sentencia, al tiempo que la define como «un brindis al sol».
La presunción de inocencia, cree por su parte Helena Echeverri Aznar, abogada penalista, «desaparece» con esta ley . «No va a haber presunción de inocencia. A partir de ahora, si una persona dice que no quiso mantener relaciones y la otras u otras dicen que sí quiso, para que tengan credibilidad se deberán grabar los consentimientos expresos», cuenta. Define la situación como «un estado kafkiano».
Lo que ocurre, explica, es que se invierte la carga de la prueba , es decir, a partir de ahora, «cualquier relación sexual de cualquier tipo tendrá que ser autorizada previamente ante notario para que haya seguridad». «El Estado, para proteger a los ciudadanos, tendrá ahora que articular si a partir de ahora tenemos que firmar un consentimiento informado, si prefieren una grabación, si prefieren que haya un notario en cada discoteca... etc.», señala. ¿Es factible? «Factible es, pero no conozco yo a muchas parejas dispuestas a ir al notario para acreditar que quieren mantener relaciones», dice. «Muchas personas que pudieran ser inocentes podrán ser condenadas si no presentan o acreditan que su pareja o parejas sexuales han prestado un consentimiento expreso», critica.
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