El Gobierno acepta cambiar el Código Penal para castigar la violencia ecónomica
«Existe un punto ciego del sistema», interpeló una juez al Ejecutivo, que se aviene a tipificar el impago de pensiones como un delito de género
Las víctimas de la violencia económica: «Me agredió durante 46 años; nunca me permitió trabajar»
La ley española de violencia de género de 2004 necesita una actualización . «Será ajustada a las nuevas formas de maltrato que se ejercen contra las mujeres», responde el Ministerio de Justicia. La contestación llama la atención por tres motivos: la «nueva» forma que se introducirá y que el Gobierno se aviene a castigar en el Código Penal es tan antigua como la propia existencia del maltrato , la violencia económica ; dos, porque la respuesta institucional se conoció a través de un tuit; y, tercero, porque la confirmación del departamento de Pilar Llop llegó de un modo poco frecuente, lo había solicitado una juez en una carta, adherida a una sentencia suya junto a su exposición razonada de los hechos, y el Ejecutivo le ratificó que, en efecto, cumpliría con el mandato que marca el Convenio de Estambul y que España aprobó en 2014.
La magistrada es Lucía Avilés , titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Mataró (Barcelona), que hace unos días mostraba orgullosa en su perfil de Twitter que el Gobierno de Pedro Sánchez se comprometía a tipificar la violencia económica como una forma de violencia machista más. «Es una de las grandes violencias ocultas y se entrecruza siempre en el relato de las víctimas, siempre hablan de esta, aparte de la sexual, física o psicológica», dice. Su petición, explica a este periódico, se retrotrae a un juicio del pasado mes de julio. Aunque ella, asegura, ha tenido que sortear decenas de condenas a hombres maltratadores que «estrangulan económicamente a sus víctimas a través de la monitorización de sus gastos, su alimentación, higiene o, incluso, el calzado... El control de su esfera personal».
Qué emoción💜La INICIATIVA LEGISLATIVA que presenté (Art 4.2 CP) ya tiene respuesta.@desdelamoncloa @justiciagob @interiorgob @IgualdadGob @DelGobVG me agradecen la propuesta y van a estudiarla para tipificar en el Código Penal la VIOLENCIA ECONÓMICA como #ViolenciaDeGénero⚖️ pic.twitter.com/5o0BYWlNNC
— Lucía Avilés (@Luc_Aviles) February 22, 2022
Añade que «lo estaba viendo hace mucho tiempo. Existe un punto ciego del sistema y condiciona la actuación procesal posterior . La independencia económica está actuando como freno en muchas denuncias. Y los jueces tenemos un mandato de no quedarnos en la sala de justicia, sino la necesidad de dar un sentido social a nuestra función que va más allá de un mero papel», asume. Así que se dirigió a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género de Igualdad y Justicia, que tienen las competencias debidas.
¿Qué es?
El maltrato económico es la asfixia de la independencia de una víctima a través del dinero y su férreo dominio por la misma vía. Pero también lo es cuando se «usa» a los niños y otros «requiebros» de los agresores: al final, explican los expertos, dentro del económico se estipulará todo lo que entre en «la privación intencionada e injustificada de recursos para el bienestar físico y psicológico de una mujer y sus hijos, en el impago reiterado e injustificado de pensiones alimenticias estipuladas en caso de separación o divorcio, en el hecho de obstaculizar la disposición de los recursos propios o compartidos en el ámbito familiar o de pareja y en la apropiación ilegítima de bienes de la mujer».
Esos especialistas en esta materia como el exdelegado del Gobierno y forense en Granada Miguel Lorente reiteran que es la tipología del maltrato más anacrónica, la base sobre la que se cimentan el resto de formas de maltrato. El Ministerio de Igualdad también quiere introducir en las legislaciones modernas la violencia vicaria contra los hijos, o la siguiente en ponerse sobre la mesa, que será la violencia digital, o «tortura psicológica que el acosador infunde a las víctimas en las redes».
Avilés también solicitó al departamento que dirige Pilar Llop que se establezcan cláusulas de responsabilidad civil que permitan una reparación integral del daño causado a las mujeres maltratadas cuando se produce un impago alimenticio de los hijos. En dos comunicaciones del Ministerio de la Presidencia y de Justicia a la magistrada de Mataró, el Ejecutivo determina que, en efecto, todo ello «se castigará de manera específica y adecuada» y reconoce que aún no se ha incluido esta realidad en el ordenamiento jurídico.
En la misma línea la Fiscalía General del Estado acaba de instruir a sus fiscales territoriales acerca de la necesidad de pedir el embargo de los bienes de los agresores que desde la cárcel evitan pagar a sus víctimas e hijos.
Según los testimonios recabados a partir de las sentencias condenatorias, en muchos de los autos se asumen esas «violencias machistas subyacentes» como «conductas reprobables e inmorales», pero no «ilegales» según el Código Penal. En el ánimo de esta juez estaba subsanarlo. Por ejemplo, «el impago de las pensiones» debe ser considerado un «delito de abandono de hogar» a todas luces y de la misma forma que desde 2021 los condenados no pueden disponer de las visitas en puntos de encuentro con sus hijos, tampoco quienes incumplan el pago de la pensión podrá hacerlo, subraya.
Gafas o zapatos para el niño
La juez instó al Ejecutivo a que estas acciones sean motivo de una sanción penal. En su caso, recayó en julio pasado en sus manos la segunda condena a un hombre por impago de pensión alimenticia. « No había abonado durante cuatro años y sí disponía de dinero, como se pudo comprobar. Se exige para considerarlo delito dos meses consecutivos, o cuatro salteados, y él estuvo cuatro años. Pero las sentencias civiles anteriores lo habían desligado de un contexto de violencia de género, cuando también constaba esa condena. La mujer en el juicio estaba presa del miedo, muy nerviosa. Estaba ahogando a la mujer para seguir controlándola y someterla», no solo durante la duración de la relación sino, sobre todo, una vez separados. El maltrato económico es una vía para intentar recuperar de algún modo el dominio perdido o perpetuarlo, enfatiza la magistrada. Y en muchas ocasiones, durante años, ellas viven sometidas y no se atreven a denunciarlo. «Dependen de ese dinero para sus hijos, es una pescadilla que se muerde la cola. Pero quien deje de pagar para que su hijo vaya al colegio con unas zapatillas, tenga gafas, le costee un tratamiento médico o coma caliente, también incurre en un delito de abandono» de sus obligaciones parentales, concreta.
El Gobierno conviene ahora con ella en que «la violencia económica es una de las dimensiones a las que se ha prestado menos atención por parte de los legisladores» desde que se impulsó la norma de 2004 y que no ha encontrado respaldo como categoría delictiva.
Para la juez, al final, el dinero es «una barrera decisiva para romper el círculo de violencia en que se encuentran». En las casas de acogida subrayan que es la vía por la que consiguen que muchas víctimas que deciden salir de esa pesadilla y buscar un refugio, vuelvan con ellos y no puedan recomponer su vida.
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