¿Cuáles son las prohibiciones y obligaciones de la nueva Ley de Protección Animal?
Las multas pueden oscilar entre los 600 euros de las leves, hasta los 600.000 euros de las muy graves
El maltrato animal conllevará penas de hasta dos años de cárcel
Podemos impone su Ley de Protección Animal aunque matiza puntos clave para cazadores y ganaderos
El Consejo de Ministros dio luz verde el pasado de 18 de febrero al anteproyecto de la Ley de Bienestar y Protección Animal que, entre otras cosas, prohíbe la venta y exposición de animales en las tiendas de mascotas . El texto final aprobado recogió algunas reclamaciones que entidades rurales y cinegéticas habían hecho. Por ejemplo, a los dueños de perros destinados a la caza o pastoreo no se les exigirá un curso de formación que se pide de forma general.
La norma, que ahora debe pasar el trámite parlamentario y podría sufrir cambios, ha sido impulsada por la líder de Podemos, Ione Belarra, que pretende conseguir el «sacrificio cero» de animales sanos y acabar con el abandono.
De momento, estos son los puntos fundamentales que tendrán que tener en cuenta los propietarios de animales.
Obligaciones
- Se deben adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía. Aquellas mascotas que se mantengan o tengan acceso al exterior de las viviendas y puedan tener contacto no controlado con otros animales, deberán estar esterilizados. Si en una misma vivienda, hay animales de una misma especie y distinto sexo también deberán estar esterilizados, salvo en el caso de criadores que tendrán que estar inscritos en el Registro Nacional de Criadores .
- Las mascotas que estén integradas en el núcleo familiar deberán estar en buen estado de limpieza e higiene .
- Los animales que no puedan convivir en el núcleo familiar deberán disponer de un alojamiento adecuado a su tamaño y protegidos de las inclemencias metereológicas.
- Habrá que evitar que los animales orinen o depositen excrementos en fachadas, puertas o entradas de establecimientos, procediendo a su retirada o limpieza.
- En caso de divorcio, el animal tendrá los mismos derechos que las personas y será el juez quien deba decidir sobre su custodia.
- Los animales de compañía que, por sus características, vivan en jaulas, acuarios o terrarios, deberán contar con espacios adecuados a sus características.
- Si se trata de una especie canina, los propietarios deberán responsabilizarse de que los animales superen las v alidaciones de comportamiento que se establecen.
- Se deberá facilitarles los tratamientos veterinarios establecidos como obligatorios por la Administración Pública.
Prohibiciones
- Queda prohibido todo tipo de mutilaciones o modificaciones corporales , excepto las necesarias por salud o para esterilizar. Lo mismo ocurre con las peleas o adiestramiento para su práctica.
- Estará prohibido utilizar animales en espectáculos públicos o actividades artísticas, turísticas o publicitarias , que les causen angustia, dolor o sufrimiento y, en todo caso, en atracciones mecánicas o carruseles de feria. Se prohíbe el uso de animales en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones, en las que se mantenga al animal de forma antinatural conforme a las características propias de su especie
- Se prohíbe usar a los animales en trabajos inadecuados o excesivos , así como su uso como reclamo para ejercer mendicidad. Tampoco se podrán usar como objeto de recompensas, por ejemplo, en tómbolas. A los perros pastores o que lleven a cabo la guarda de ganado, se les exime de cumplir el requisito de no realizar tareas en actividades profesionales hasta haber cumplido los 18 meses de edad o la necesidad de que la edad de retiro la fije un veterinario, una de las principales peticiones del sector.
- Queda totalmente prohibido maltratar y abandonar animales , y solo se podrán sacrificar de forma justificada y bajo control veterinario para evitar su sufrimiento.
- No se permitirán accesorios como correas, collares o similares que ahorquen o den descargas eléctricas y les causen daños. Tampoco se podrán utilizar cepos y otros mecanismos que limiten su movilidad.
- Se prohíbe el uso de animales de compañía para el consumo humano y se restringe su alimentación con vísceras de cadáveres y otros despojos que no hayan pasado controles sanitarios.
- No se permite la eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación y la no comunicación a la administración competente de la retirada del cuerpo.
- Las mascotas no podrán estar atadas ni deambularán por espacios públicos sin la supervisión de la persona encargada de su cuidado.
- Estará prohibido dejar sola a una mascota durante tres días consecutivos sin supervisión . En el caso de los perros, el plazo no podrá ser superior a las 24 horas. No se aplicará esta disposición a los animales que «por su actividad se desenvuelven habitualmente de forma independiente sin la supervisión de su persona titular o responsable de su tenencia».
- La comercialización, exhibición y exposición de animales con fines comerciales queda prohibida. La cesión entre particulares deberá ser gratuita y quedar reflejada por contrato.
- Queda prohibido mantener de forma permanente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos. La ley especifica que también está prohibido llevar animales atados a vehículos a motor en marcha.
- La puesta en libertad o introducción en el medio natural de ejemplares de cualquier animal doméstico también queda prohibida.
Sanciones
Si las infracciones son leves, las multas pueden oscilar entre 600 y 30.000 euros, mientras que las graves irán desde 30.001 a los 100.000 euros. En cuanto a las muy graves, irán de los 100.001 a los 600.000 euros.
Como sanción accesoria, se establece la posibilidad de inhabilitar al propietario para la tenencia de animales por un período máximo de cinco años para infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves.
Acompañando a la futura ley de Protección Animal, el Consejo de Ministros dio luz verde a modificar el Código Penal para elevar las penas contra el maltrato animal. Se prevé castigar con hasta 24 meses de prisión el que tenga resultado de muerte, y hasta 18 meses si implica atención veterinaria.
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