Coronavirus
Las medidas de confinamiento en Sudáfrica son «inválidas e inconstitucionales»
La ministra de Gobernanza tiene 14 días para «revisar, enmendar y volver a publicar las regulaciones» del nivel 3 y 4
El Tribunal Superior de Pretoria, Sudáfrica, ha dictaminado que las regulaciones de confinamiento de los niveles cuatro y tres en respuesta a la pandemia de Covid-19 son «inválidas e inconstitucionales». El tribunal ordenó a la Ministra de Gobernanza Cooperativa y Asuntos Tradicionales, Nkosazana Dlamini-Zuma, revisar, enmendar y volver a publicar las regulaciones tras consultar con los ministros pertinentes. Sin embargo, la sentencia no cambia nada por ahora y las medidas del nivel 3 siguen vigentes.
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El juez Norman Davis dijo el martes por la tarde que la declaración de un Estado Nacional de Desastre en términos de la Sección 27 de la Ley de Gestión de Desastres se consideró racional. Sin embargo, el tribunal determinó que muchas de las medidas que siguieron al nivel máximo de confinamiento (L5) no eran justificables en una sociedad abierta y democrática basada en la dignidad humana, la igualdad y la libertad como se contempla en la Sección 36 de la Constitución. Además, dichas medidas «no están racionalmente relacionadas con los objetivos de ralentizar la tasa de infección o limitar la propagación de la misma».
Un ejemplo de estas «decisiones irracionales» , según el fallo, son la limitación horaria para hacer ejercicio en el nivel cuatro (existiendo una sola franja para toda la sociedad que es de 6 a 9 horas de la mañana) y la prohibición total de las vigilias nocturnas antes de los funerales. Sorprendentemente, no representaron argumentos para la relajación de las leyes sobre la prohibición de la venta de tabaco, una de las medidas más controvertidas. No se puede comprar -legalmente- tabaco en el país desde el 27 de marzo.
La ministra tiene 14 días para cumplir con la orden judicial, el fallo recoge que se tenga en consideración la «limitación que cada regulación tiene sobre los derechos garantizados en la declaración de derechos que figuran en el constitución». El juez ordenó también pagar los costes a los dos demandantes que impugnaron las regulaciones.