El Congreso veta que los jueces se pronuncien sobre el derecho al voto de los discapacitados
Todos los grupos rechazan una enmienda del PP para que la reforma de la Ley Electoral contemple restricciones para casos extremos
El Congreso de los Diputados ha vetado la posibilidad de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se pronuncie sobre la posibilidad de que cien mil discapacitados intelectuales puedan tener reconocido el derecho al voto. Este era el objetivo de la enmienda del Grupo Popular que presentó en la Ponencia donde se negocia la reforma de la Ley Electoral , y que fue rechazada.
Los populares se han quedado solos en su intento de que no se generalice el derecho al sufragio colectivo, y que se establezca algún tipo de restricción en las personas que no tengan la capacidad de discernir. Por el contrario, el resto de los grupos quieren que todos los discapacitados puedan votar, independientemente de la gravedad de su minusvalía .
Esta discrepancia de criterio se ha puesto de manifiesto en la tramitación de la Proposición de Ley (PL) para impulsar esta reforma, que fue remitida al Congreso por la Asamblea de Madrid. El texto fue tomado en consideración por unanimidad en diciembre de 2017 y finalizado el plazo de enmiendas solo se presentó una.
Los populares querían que el Congreso pidiera un informe al CGPJ para emitir una opinión sobre el derecho universal de voto de los discapacitados. El resto de los grupos parlamentarios se negaron, por lo que el texto de la PL con la enmienda del PP se sometará a votación en la Comisión Constitucional del próximo día 10 de octubre, según han asegurado a ABC fuentes parlamentarias. Los populares han elevado también su petición a la Mesa de la Cámara .
Hospital psiquiátrico
El texto que tendrá que ser aprobado por el Pleno del Congreso tiene dos artículos. Por un lado, plantea la modificación del artículo 3 de la Ley de Régimen Electoral General. Se trata de eliminar los apartados que recogen restricciones al derecho al voto. El primero señala que carecen de derecho de sufragio «los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial firme , siempre que la misma declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio».
El segundo apartado que se quiere eliminar es el que hace referencia a «los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el periodo que dure su internamiento, siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio».
En relación al segundo artículo, especifica que, a partir de la entrada en vigor de estos cambios, «las personas a las que se les hubiere limitado o anulado su derecho de sufragio , por razón de discapacidad, quedan integradas plenamente en el mismo por ministerio de la ley».
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