Hay listas de espera que demoran más de tres meses para intervención quirúrgica, un mes para ver al especialista o para que se realice la prueba diagnóstica. Para evitar que empeore la salud del paciente, el Defensor del Paciente hace estas recomendaciones:
1. Si el volante que emite el médico de cabecera para ver al especialista, excede de un mes en casos normales, o de 10 días si es “preferente” y de 3 días en casos urgentes hay que hacer un escrito al centro de salud u hospital, para dejar responsabilizarles de un posible agravamiento de la enfermedad. Estos plazos y medida de actuación se extiende también en el caso de los volantes que emite el especialista a otras instancias.
2. En el caso de una urgencia, si la cita no es adelantada de inmediato se advierte a la administración que se acudirá a la sanidad privada con cargo a la administración. Los gastos solo son retornables en casos urgentes.
3. En caso de necesitar una intervención quirúrgica se debe solicitar la fecha en que el paciente es incluido en la lista de espera y el tiempo previsible de espera. También la opinión del médico sobre el tiempo que el recomienda para la intervención.
4. La espera para tratamiento o estudio de diagnóstico no debe superar los 2 meses. Si es más, se deja constancia por escrito del posible agravamiento de la patología que aún se desconoce.
5. El agravamiento se denuncia tanto a la Consejería de Sanidad como en los tribunales.
6. Para enfermedades cardiacas o cáncer, la espera no puede exceder un mes. En caso de alargarse el tiempo de espera se denuncia ante los tribunales por “denegación de asistencia”.
7. En caso de que la administración pública ofreciera la intervención en un hospital privado y el paciente no está de acuerdo, tiene que negarse por escrito sin permitir que le amenacen con ir de último en la lista, en castigo por la negativa.
8. Después de la intervención, si el alta llega sin que el paciente esté en condiciones, dejar por escrito la queja.
9. Si se mantiene una espera excesiva, llamar o realizar un relato, con nombre, dirección y teléfono, al Defensor del Paciente en: defensora@telefonica.net
10. Si esto no fuera efectivo acudir al Juzgado de Guardia exponiendo la omisión de auxilio y el agravamiento de la patología.