REENCUENTRO. Carmen (izqda.) con su madre y Sara, tras regresar ésta a su hogar en 2004. / D. JAPÓN
ANDALUCÍA

La Junta tendrá que pagar 1,4 millones a una mujer a la que retiró la custodia de sus hijos

Una sentencia considera que durante los diez años que ha durado el «calvario» se han «pisoteado» los derechos de los niños a estar con su progenitora Arremete con dureza contra la Administración autonómica y contra el juez de familia que llevó el proceso, que tilda de absurdo y carente de fundamento legal

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Fin del calvario para Carmen Fernández. Tras años de lucha por recuperar a sus hijos, una sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla condena ahora a la Junta de Andalucía a indemnizarle con 1,4 millones de euros por no haberle devuelto la tutela de los niños tras recuperarse de su enfermedad y al considerar que se han «pisoteado» los derechos de éstos a estar con su madre biológica.

Parte de la indemnización se concede por la frustración de la madre al ver que perdía su «razonable expectativa» de recuperar a sus hijos, «posibilidad que se alejaba más y más, recreando un dolor que iba in crescendo, cual si a un cuerpo se le van arrancando de forma lenta pero progresiva los distintos miembros», según explicó el abogado de Carmen, Gabriel Velamazán, quien subrayó que la sentencia no es recurrible y por tanto la Junta tiene un plazo de 20 días para ejecutarla.

Más de una década

La historia se remonta a comienzos de los años 90, cuando la Junta de Andalucía decretó el desamparo de Iván y Sara, que tenían entonces 4 y 5 años, dado que la madre era alcohólica. La Consejería de Asuntos Sociales dio a los niños en acogimiento a una familia de Dos Hermanas (Sevilla). A partir de 1996, y tras recuperarse de su enfermedad, Carmen exigió que se le devolviera la tutela de sus hijos, pero pese a que ganó todos los pleitos que entabló, el juez de Familia de Sevilla decidió mantener a los menores con sus padres adoptivos para evitarles daños psicológicos.

En septiembre del 2004, la niña -que tenía ya con 13 años- dejó voluntariamente a sus padres de acogida y volvió con su madre biológica, aunque el fallo judicial apunta que no se puede considerar que Carmen la haya recuperado porque «la relación nunca podrá ser idéntica después de haber perdido toda la niñez e infancia».

La sección sexta de la Audiencia considera ahora que durante los diez años que ha pasado sin sus hijos, han sido «ignorados y pisoteados» los derechos humanos elementales de los hermanos a la «afectividad, convivencia, ligazón natural y proximidad con su madre». Además, considera todo el proceso judicial transcurrido hasta el momento como «absurdo, sorprendente y carente de todo fundamento legal», llegando incluso a afirmar que el titular del juzgado número 7 de familia de Sevilla, Francisco Serrano, procedió «de manera subjetiva a ampliar los plazos procesales» y dictó sus resoluciones en forma de sentencia «atribuyéndose facultades legislativas».

Asimismo, la sentencia anula la anterior decisión del Juzgado de Familia que, al conocer la petición de indemnización por parte de la madre biológica, sólo le concedió 72.000 euros equivalentes a la pérdida de sus hijos en un accidente de tráfico. La Audiencia considera que tiene derecho a un amplio abanico de indemnizaciones dado el cáncer que padece, ya que los jueces lo consideran «consecuencia directa o indirecta del sufrimiento soportado» y por lo tanto «lesión sufrida de manera ilegítima».