¿Me pueden multar si viajamos dos en el coche y sin mascarilla en fase 1?
No cumplir la norma será sancionado, según la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, ya que seguimos en estado de alarma, con multas entre los 600 y 30.000 euros
El uso de la mascarilla en el coche durante la Fase 1, en la que todavía se encuentra la mayoría de España, previsiblemente por dos semanas, es obligatorio si viajan dos personas que no conviven en el mismo domicilio, por lo que deberán también mantener la distancia de filas y asiento contrario. Pero si viajan dos personas convivientes o incluso toda la familia que viva en el mismo docimilio, ya también permitido, la mascarilla solo es recomendable .
Concretamente, según la ordenanza (TMA/384/2020 del 3 de mayo), unas normas vigentes durante el estado de alarma o hasta que una nueva orden las modifique, recuerda la Dirección General de Tráfico (DGT), indica que «En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas en cada fila de asientos, siempre que utilicen mascarillas y respeten la máxima distancia entre los ocupantes ».
Del mismo modo, en aquellos automóviles que solo cuenten con una fila de asientos, como vehículos pesados o furgonetas, también resulta obligatorio su uso: «En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor ».
Asimismo, la nueva orden del 10 de mayo estableció una excepción: «En los transportes privados particulares y privados complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio. En este supuesto, no será necesario el uso de mascarilla». Es decir, si se mueves en el coche con las personas con las que vives en el mismo domicilio, puedes ir sin mascarilla.
Por lo tanto, y ante esto, si no se cumple la norma, los ocupantes del vehículo serán sacionados con multas, según la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015 ya que seguimos en estado de alarma, podrán oscilar entre los 600 y 30.000 euros .
Además, es importante que los conductores tengan presente que también pueden ser sancionados si los agentes estiman que la vestimenta pone en riesgo la seguridad . Es decir, la mascarilla no solo debe estar bien colocada, si no que también debe tener un tamaño adecuado. Por ejemplo, hay que diferenciar las mascarillas médicas a las confeccionadas en casa o los pasamontañas, que pueden tapar más de lo necesario, molestar, empañas las gafas en caso de utilizarlas, e incluso dificultar la visibilidad.
Así que si un agente de tráfico observa cualquier «acto» que ponga en peligro la seguridad vial o que dificulte la libertad de movimientos, podrá multarte. Un sanción que va desde los 80 a 200 euros, en función de la gravedad de la infracción , pero no resta puntos en el carné de conducir.
Noticias relacionadas