Así te podrás mover en coche, y hasta dónde, si estás en fase 2, fase 3 o ya en la nueva normalidad

En nuestro mapa interactivo puedes consultar la actualización de cada una de las zonas y explicamos cómo se pueden desplazar en ellas los conductores

Fuente: Ministerio de Sanidad. Mapa: Laura Albor

N. SOAGE

Este lunes 15 de junio, 10 millones de ciudadanos se suman a la fase 3 y serán ya 34 millones en total, tres de cada cuatro. Tan solo Madrid, las áreas sanitarias de Barcelona y Lérida y parte de Castilla y León permanecerán todavía en la fase 2 de la desescalada ; y Galicia, por su parte, será la afortunada en entrar en la tan ansiada nueva normalidad. Aunque cabe recordar que el estado de alarma todavía se mantendrá en nuestro país hasta el lunes 22 de junio, día en el que se terminarán, previsiblemente, todas las restricciones de movilidad .

Por lo tanto, de nuevo se modifica el mapa de España, con diferentes posibilidades de movilidad en cada uno de los territorios según la fase alcanzada. En este mapa interactivo de ABC, puedes consultar la actualización de cada una de las zonas y explicamos cómo se pueden desplazar en ellas los conductores.

Eso sí, esto es para todas: pueden viajar en vehículos particulares de hasta nueve plazas (incluido el conductor), tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre y cuando todas ellas residan en el mismo domicilio. Además, en este caso el uso de mascarilla no es necesario. Pero si las personas que tienen intención de viajar no viven en el mismo domicilio, podrán desplazarse en vehículos de hasta nueve plazas dos viajeros por cada fila de asientos, utilizando mascarilla y respetando la máxima distancia posible (en diagonal). Y cuando el vehículo es compartido , es obligatorio su uso . Por último, en el caso de los vehículos que cuentan únicamente con una fila de asientos pueden desplazarse como máximo dos personas llevando mascarilla y con la máxima distancia posible entre ellos.

En aquellos territorios que se encuentran en fase 2 ya puedes tener encuentros con grupos más amplios (de hasta 15 personas), abren centros comerciales, restaurantes, cines, teatros (siempre con aforo limitado)... y se permiten todos los desplazamientos dentro de tu provincia. Por ejemplo, si vives en Madrid, podrás ir a tu segunda residencia en la Sierra de Guadarrama; o en Valencia, podrás ir a la playa más cercana de tu casa (si está abierta), siempre dentro de la provincia en la que residas.

Y para los afortunados de la fase 3, en grupos de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes, y ya se permiten conciertos al aire libre, abrir los gimnasios y discotecas, por ejemplo. Pero en lo que a movilidad y viajes se refiere, no hay modificaciones por el momento y seguirán limitados todavía a nuestra provincia de residencia .

Por el momento, y como Sanidad ha determinado que, además de que corresponde a los presidentes de las comunidades autónomas determinar a partir de la fase 3 cuando su comunidad está en condiciones de progresar y determinar cómo será la movilidad, «la movilidad se tiene que producir entre aquellas comunidades que hayan alcanzado la "nueva normalidad" y sean limítrofes », solo ha aceptado la movilidad entre provincias dentro de su Comunidad Autónoma de Galicia, Andalucía y Aragón, además del País Vasco . Aunque ante este último, Cantabria ha optado por no asumir el riesgo de abrir el próximo lunes la libre circulación a través de Vizcaya después de que se hayan detectado distintos focos de Covid-19 en hospitales del País Vasco.

Aunque también el Ejecutivo autonómico de la Comunidad Valenciana ha anunciado que se permitirá la libre circulación por todos los territorios. E incluso acordar con otros territorios que los desplazamientos puedan realizarse entre autonomías limítrofes que se encuentran en el mismo punto, como pueden ser Aragón, Baleares, Murcia y parte de Cataluña. No obstante, Extremadura no permite los viajes interprovinciales entre Cáceres y Badajoz y en Castilla-La Mancha, únicamente pueden desplazarse entre Cuenca y Guadalajara.

Para el resto, los desplazamientos fuera de tu provincia solo se podrían realizar si el motivo se encuentra entre las siguientes excepciones, recogidas en el capítulo dos del BOE del 9 de mayo: «En relación a lo establecido en la presente orden, se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza».

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