Llega la primera anulación de una multa por acceder en coche a Madrid Central
El conductor había sido multado 34 veces pese a tener autorización de la antigua área de prioridad residencial
Las primeras deficiencias y fallos en el sistema de control de acceso a Madrid Central comienzan a salir a la luz, ya que el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 33 de Madrid ha fallado a favor del recurso de un conductor que había sido multado por acceder a la zona restringida pese a contar con un permiso de APR.
Según argumental desde la consultora Pyramid Consulting, cuando Madrid Central se puso en marcha, muchos ciudadanos no recibieron la información relativa a la entrada en vigor de las nuevas normas de circulación y acceso a esta área restringida al tráfico rodado. Uno de los grupos más numerosos es el de los residentes, que si bien contaban con autorizaciones para circular por las antiguas APR , desconocían en su mayoría que tenían que actualizar esas autorizaciones.
Es el caso de un conductor que acumulaba 34 sanciones por acceder a Madrid Central sin autorización, sumando más de 3.000 euros en multas. No obstante, desconocía que estuviese actuando mal, puesto que no había sido informado de la necesidad de actualizar su autorización APR.
El ciudadano sancionado había accedido 34 días a Madrid Central . Contaba con autorización para acceder a la antigua Área de Prioridad Residencial (APR) de Embajadores, válida hasta noviembre de 2023.
Durante 34 días fue sancionado, con una multa de 90 euros por cada acceso. Por tanto, el Ayuntamiento de Madrid le reclamaba 3.060 euros, que se reducirían a 1 530 euros si se acogía al pago con descuento.
El Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº33 de Madrid ha estimado el recurso presentado por una de estas sanciones, que podría afectar a todas las demás.
En la sentencia se recoge que únicamente se puede sancionar una vez por el mismo hecho cometido de forma continuada sin que haya tenido conocimiento el interesado. Así ha considerado la juez de esta sala. Al estar impuestas todas las multas en la misma calle, y notificadas al mismo tiempo al interesado, ha considerado que se debe tratar como una sola sanción administrativa. Esta sería la cometida el primer día, puesto que se trata de la misma infracción cometida de manera continuada.
Esta sentencia es firme y no cabe contra ella recurso ordinario alguno.
De este modo, le quita la razón al Ayuntamiento de Madrid . Había sido este Consistorio el que había iniciado un expediente sancionador por cada día que accedió a Madrid Central sin que existiera firmeza del primero de los expedientes. El problema, este caso, según explican los abogados de la consultora, es que «el interesado no podía ni defenderse ni modificar su conducta».
Desde Pyramid Consulting aseguran a ABC que esta sentencia podría afectar a más ciudadanos, ya que el Ayuntamiento de Madrid impuso miles de multas a conductores con autorización para acceder a las antiguas APR, pero sin notificarles previamente que debían actualizarlas. Tanto es así, que durante el tiempo en el que los accesos a Madrid Central no se sancionaban, sino que simplemente se notificaban las próximas sanciones, siguieron expidiendo autorizaciones APR.
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