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La sala pide al abogado del cómplice de Antonio Anglés, en la cárcel desde 1993 tras ser condenado a 170 años, que informe si ha solicitado la suspensión de su condena al Tribunal Constitucional | El asesino de las niñas de Alcàsser está en prisión por aplicación de la doctrina Parot
25.10.13 - 15:33 -
La Audiencia inicia los trámites para decidir sobre la excarcelación de Miguel Ricart
Miguel Ricart pasa por delante de Fernando García, padre de una de las niñas de Alcàsser. / EFE
La Audiencia de Valencia ha solicitado al centro penintenciario donde está preso Miguel Ricart, el único condenado por el crimen de las niñas de Alcàsser, información sobre la liquidación de condena y de qué manera se le han aplicado los beneficios penitenciarios. De igual modo, el tribunal requiere al abogado del cómplice de Antonio Anglés que comunique si ha solicitado ante el Tribunal Constitucional la suspensión de la ejecución de su condena.
Cuando el tribunal reciba la documentación dará trámite a las partes (Fiscalía, acusación particular y defensa) para que se pronuncien sobre de qué forma afecta la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos que anuló la doctrina Parot en este procedimiento.
Hasta el momento, la Audiencia Provincial de Valencia, que tiene cinco secciones penales, sólo ha registrado una petición para que se revise una condena conforme a la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Se trata de un hombre condenado por la Sección Cuarta por abusos sexuales a menores al que se le aplicó la doctrina Parot. La Sala ha dado traslado de ese escrito al fiscal y a las partes para que se pronuncien. Todavía no hay resolución.
'El Rubio', apodo con el que se conoce a Ricart, lleva en prisión desde 1993. Cuatro años después fue juzgado y condenado a 170 años de cárcel por el Código Penal de 1973, que contempla un día de descuento de trabajo por cada tres de trabajo en prisión. Amparándose en este cómputo y en su buena conducta en la cárcel, Ricart pretendía que el 22 de mayo de 2011 se diera por cumplido su tiempo en prisión. Su solicitud llegó al Tribunal Supremo, que aplicó la 'doctrina Parot' tras confirmar el dictamen que ya adoptó la Audiencia de Valencia, al estimar el recurso de súplica interpuesto por la asociación Clara Campoamor.
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