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Miércoles, 5 de julio de 2006
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EL PUERTO
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El alcalde acude a la Audiencia Provincial en su último intento por librarse de la inhabilitación
Díaz está acusado en el 'caso Fuentes' de prevaricación por asignar 'a dedo' un cargo de Subinspector de Policía
El alcalde acude a la Audiencia Provincial en su último intento por librarse de la inhabilitación
CITA. Hernán Díaz afronta hoy una vista en la Audiencia Provincial. / J. R.
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CLAVES
'Caso Fuentes': El alcalde Hernán Díaz esta acusado de prevaricación por 'asignar a dedo' a un subinspector de la Policía Local, en detrimento de Luis Fuentes quien, en excedencia, había solicitado su reincorporación al puesto.

Pena: La Audiencia ratificará o no la condena de siete años de inhabilitación. También podría reducirla. Si se hace efectiva la marcha, un Pleno extraordinario tendría que despedir al alcalde.

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El alcalde, Hernán Díaz, acudirá esta mañana a la celebración de la vista oral en la Audiencia Provincial por el caso Fuentes, por el que se acusa al primer edil, de haber cometido un delito de prevaricación por asignar a dedo un cargo de Subinspector de Policía Local.

El Juzgado de lo Penal condenó en noviembre al regidor portuense a siete años de inhabilitación política, fallo que fue recurrido por la defensa del alcalde ante la Audiencia. Ahora, la Sala Cuarta del órgano judicial tendrá que decidir si acepta o no dicho recurso, o, lo que es lo mismo, si hace firme la sentencia y despide a Hernán Díaz de la Alcaldía de El Puerto.

Los hechos que se juzgaron el pasado 24 de noviembre y que tuvo durante cinco horas sentado en el banquillo de los acusados al regidor, comenzaron hace más de diez años. Entonces, en 1995, el alcalde decidía «por carácter de urgencia» nombrar a José Díaz Otero nuevo subinspector de la Policía Local de El Puerto, mientras otro candidato al puesto, Luis Fuentes Durán, que estaba entonces en excedencia como policía nacional, había solicitado también su reingreso al Cuerpo municipal. Al quedarse fuera de la plaza, Fuentes denunció el caso al creer que Díaz había incurrido en un delito de prevaricación asignando a dedo el puesto.

Sentencia

La sentencia que condena al alcalde a su inhabilitación valoraba que no existió el «carácter de urgencia» en la creación de la plaza de subinspector, alegato que utilizó el alcalde durante el juicio para su defensa. El fallo resaltó la falta de pruebas en este sentido y el regidor se escudó en su «deber de silencio en asuntos sobre seguridad ciudadana».

Además, el juez consideró la «persistente voluntad» de mantener en su puesto a Díaz Otero «a pesar de las advertencias que le llegan sobre la posible ilegalidad» de la decisión. Para la defensa del alcalde, la sentencia recurrida tiene «graves errores de forma» ya que «no incluye la declaración de los testigos ni la documentación aportada». Además, el abogado del regidor considera que no se tuvo en cuenta la sentencia que a favor de Díaz dictó el Tribunal Superior de Justicia de Aandalucía (TSJA). Ante el fallo que adopte la Audiencia Provincial, previsto para finales de mes, sólo cabe el amparo del Tribunal Constitucional. A pesar de ello, la inhabilitación tendría que hacerse efectiva.



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