Imputan al presidente de Argentina por celebrar una fiesta en pleno confinamiento por la pandemia

Alberto Fernández ha sido encausado por violar en julio de 2020 su propio decreto de Necesidad y Urgencia, que impedía reuniones durante la etapa de confinamiento, una de las más prolongadas del mundo

Fotografía de la fiesta de cumpleaños de Fabiola Yáñez, su compañera, en pleno confinamiento el año pasado

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Arrinconado por el escándalo de la fiesta de cumpleaños de su compañera, Fabiola Yáñez , en plena pandemia , el presidente de Argentina, Alberto Fernández , ofreció donar la mitad de su sueldo al Instituto Malbran, dependiente del Ministerio de Salud. El gesto no evitó que el jefe del Estado fuera imputado minutos después por violar su propio decreto de Necesidad y Urgencia, que impedía reuniones durante la etapa de confinamiento de Argentina, una de las más prolongadas del mundo. Las penas, si no logra llegar a un acuerdo con el fiscal, Ramiro González, podrían ser de seis meses a un año de cárcel aunque no la cumpliría al estar blindado por los fueros de su investidura.

El presidente de Argentina se equivocó si pensaba que el jolgorio del 14 de julio del pasado año en la quinta de Olivos, como se conoce la residencia presidencial, quedaría en una anécdota. Las imágenes de la reunión, que se extendió hasta cerca de las dos de la madrugada, levantaron ampollas en una sociedad hasta el cuello de deudas, agobiada por una inflación rampante (en torno al 30 por ciento acumulado) y con un saldo de más de ciento diez mil muertos por coronavirus.

La filtración de unas fotografías donde se ve al grupo de festejantes (una decena) brindando con champán en torno a una mesa con centros de flores y mantel blanco, corrieron como la pólvora en las redes sociales y en los medios de comunicación que exigieron -y exigen- responsabilidades. La mano que hizo circular esas fotografías -advierten que podría haber más- no está oficialmente identificada pero resulta evidente que pertenece al propio entorno de la pareja presidencial. Tan obvio es que la vicepresidenta y viuda de Néstor Kirchner, Cristina Fernández , considerada el verdadero poder en Argentina, se animó en público a instar al ahora imputado a que hiciera limpia en su casa: «No te enojes, -le dijo- poné en orden lo que tengas que poner y metele para adelante».

Golpe a la credibilidad presidencial

El rumor de que Fabiola Yáñez, de 40 años, estaría embarazada y serían gemelos no logró dejar en un segundo plano un caso que obligó a la justicia a intervenir y al presidente (de 62 años) a intentar quitar hierro a un asunto que se ha convertido en un proyectil para la estabilidad y credibilidad presidencial. La Casa Rosada emitió un comunicado la tarde del jueves, de noche en España, donde anunciaba que Fernández (vía telemática), «se presentó a la Justicia por derecho propio y sin abogado patrocinante a los efectos de plantear la reparación del daño potencial que se hubiere causado ofreciendo depositar durante cuatro meses consecutivos la mitad de su salario al Instituto Malbrán».

El sueldo del presidente, que afronta unas elecciones legislativas decisivas en noviembre y las encuestas no parecen sonreírle mucho, es de 315.259 pesos (cerca de 3.000). ¿Por qué donar la mitad y no el sueldo completo? La respuesta del Gobierno fue algo sorprendente: porque necesita pagar sus gastos corrientes.

Alberto Fernández, en un escrito de 36 páginas, se dirigió al juez Sebastián Casanello que entiende la causa, para argumentar que considera que los hechos no pueden ser considerados un delito y le pide que decrete su sobreseimiento. En previsión a una negativa del magistrado, el presidente ofrece como alternativa celebrar un acto de conciliación con la Fiscalía para llegar a un acuerdo y evitar, «la acción penal». Entre los argumentos que expone recuerda que no ha habido, «ninguna consecuencia lesiva y por tanto, no existen víctimas por la violación del DNU» que él mismo firmó. En rigor, Fernández promulgó unos decretos donde estableció los límites, normas y consecuencias para aquellos que violaran la cuarentena, apelando al artículo 205 del Código Penal. En éste, se establece que, «será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia».

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