¿Cuánto tiempo tengo derecho para votar si hoy trabajo?

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece que los empleados tienen derecho a ausentarse de su puesto por un tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber de carácter público y personal, como es votar

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Quién ha ganado las elecciones de Madrid

Imagen de una mesa electoral

ABC

Hoy, 4 de mayo, tienen lugar las elecciones de Madrid . Las cuartas en celebrarse durante esta pandemia del coronavirus en España y que, además, se celebran en martes, algo poco usual debido a que la mayor parte de los trabajadores tienen que acudir a su puesto los días laborables. Es por ello que muchos han optado por solicitar a la empresa un permiso retribuido para poder ausentarse de su lugar de trabajo y acudir a las urnas a ejercer su derecho al voto. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que estos permisos no se otorgan a todo el mundo y no son una excusa para no acudir a trabajar.

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece que los empleados tienen dereco a ausentarse de su puesto de trabajo para cumplir con un deber de carácter público y personal, como es acudir a las urnas a votar. Eso sí, si en la Comunidad de Madrid existiera alguna norma que regulara los permisos, estos tendrían que adaptarse a las normas establecidas.

A día de hoy Madrid no cuenta con una norma que regule los permisos retribuidos para ausentarse del lugar de trabajo por un hecho inexcusable, como podría ser acudir a las urnas, por lo que hoy, aquellos que vayan a votar ausentándose del trabajo tendrán que tener en cuenta lo que establece el Real Decreto 605/1999 de 16 de abril.

Quién puede solicitar el permiso retribuido

Según el Real Decreto 605/1999 de 16 de abril, pueden solicitar un permiso retribuido para ausentarse del puesto de trabajo e ir a votar todos aquellos individuos cuya jornada laboral coincida con la jornada electoral ( de 9.00 a 20.00 ) o coincida con esta en gran parte.

En el caso de tener turno de noche , la empresa deberá cambiar el turno del trabajador lo suficiente para que pueda descansar, si trabaja la noche anterior a las elecciones, o tendrá que reducir la jornada en cinco horas, en el caso de que trabaje el día posterior a las elecciones.

¿Y cuánto puedo ausentarme de mi lugar de trabajo?

Las personas con jornadas completas que coincidan totalmente o con una diferencia de dos horas con la jornada electoral dispondrán de cuatro horas libres retribuidas .

En el caso de que la jornada coincida en más de dos horas pero en menos de cuatro, el trabajador podrá cogerse un máximo de dos horas y si coincide entre cuatro y seis horas, el permiso será de tres horas .

Decenas de colegios electorales abrieron sus puertas a las 9:00 de la mañana. A lo largo del día todos los ciudadanos pueden ir a dejar su papeleta a su correspondiente centro electoral. El horario es libre, aunque bien es cierto que la Comunidad de Madrid ha emitido algunas recomendaciones para tratar de garantizar el derecho de votar y proteger a aquellos ciudadanos que pertenecen a grupos de riesgo o están contagiados por el coronavirus. Aún así, hay una hora límite. Los ciudadanos tienen de tiempo hasta las 20:00 horas para votar en estas elecciones de Madrid del 4 de mayo .

Sin embargo, aquellos ciudadanos que estén en la cola antes de las 20:00 horas podrán ejercer su derecho al voto a pesar de superar la hora límite. Con esta medida se busca garantizar el derecho al voto de todos aquellos ciudadanos que hayan acudido a votar estas elecciones madrileñas antes de las 8 de la tarde.

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