El Ayuntamiento de Madrid empieza a multar a los propietarios de pisos turísticos ilegales

De junio a diciembre del año pasado, la Administración ha inspeccionado 11.025 viviendas, de las cuales 1.674 están destinadas a este hospedaje

Una pareja, en la puerta de un piso turístico del centro ISABEL PERMUY
Aitor Santos Moya

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Nuevo frente contra la proliferación de pisos turísticos ilegales en la capital. El Ayuntamiento de Madrid ha iniciado ya los primeros expedientes para multar a los propietarios que incumplen reiteradamente las órdenes de cese de actividad, tres meses después de anunciar el estudio jurídico de la medida. En concreto, son nueve las viviendas -ocho ubicadas en el distrito de Centro y una en el de Salamanca- sobre las que pesan procesos abiertos, actualmente todos en trámite de audiencia previa. El importe de las sanciones alcanzan los 1.000, 2.000 y 3.000 euros en función del grado de reincidencia.

Fuentes del Área de Desarrollo Urbano, que dirige el concejal Mariano Fuentes (Cs), explican a este periódico que el criterio para imponer multas es que cada apartamento constituya «una unidad de alojamiento por expediente y que los servicios municipales y la Policía hayan podido comprobar y constatar la infracción sistemática de la resolución impuesta». Dos condiciones que, como en el caso del edificio de la calle del Príncipe, 15, convertido casi por completo en un «hotel» ilegal de viviendas turísticas, no siempre se dan.

La situación de este inmueble, en el que los vecinos afectados han vuelto a denunciar la aparición de pisos turísticos -menos de cuatro meses después de que un juzgado decretase la suspensión cautelarísima de la orden dictada por el Ayuntamiento de precintar las 39 viviendas que, desde julio de 2018, mantenían en vigor una resolución de cese y clausura-, evidencia la dificultad para llevar a la práctica medidas que pongan fin a este tipo de abusos. Por ello, desde Desarrollo Urbano insisten en aplicar «medidas más drásticas» como el precinto, con independencia de las decisiones judiciales.

La otra controversia reside en la imposibilidad de verificar la actividad «porque cuando acuden los inspectores no hay nadie en las viviendas o, directamente, no les abren la puerta». Pese a estos escollos, una vez testado el incumplimiento de una orden de cese y clausura, el Consistorio informa al dueño que, ante tal circunstancia, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas recoge como medio de ejecución forzosa de los actos administrativos la multa coercitiva .

Antes de su imposición, no obstante, el infractor cuenta con un trámite de audiencia para que, en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, pueda realizar las alegaciones pertinentes y presentar los documentos que estime necesarios en defensa de sus derechos e intereses. Pasado este periodo, siempre que el proceso siga adelante, el ingreso de la multa se deberá efectuar desde el recibo de la carta de pago hasta el día 20 del mes posterior, si la comunicación ha tenido lugar entre los días 1 y 15; o el día 5 del segundo mes, en caso de que esta se haya recibido entre los días 16 y último del mes.

Para sostener jurídicamente este cambio de tercio, el Ayuntamiento se apoya en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (Omtlu), que en su apartado tercero dispone: «En caso de incumplimiento de las resoluciones dictadas para el restablecimiento de la legalidad urbanística infringida, previo apercibimiento, el órgano competente podrá imponer multas coercitivas como medio de ejecución forzosa».

Desde que tomara posesión en julio del año pasado el alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida, la Administración ha inspeccionado 570 edificios (hasta el pasado mes de diciembre), con un total de 11.025 viviendas, de las cuales 1.674 están destinadas a hospedaje turístico, 1.593 en el distrito de Centro. En 54 inmuebles, remarcan fuentes municipales, el porcentaje de casas señaladas supera el 50 por ciento. Respecto a las órdenes de ceses efectivas, se han dictado 418, mientras que otras 427 están en trámite de audiencia previa.

Para frenar el descontrol actual, y a la espera de la resolución judicial de los 12 recursos que tiene interpuestos el Plan Especial de Hospedaje de Carmena, el equipo de Gobierno planea redactar ya una nueva ordenanza «que diferencie entre los pisos de uso turístico ejercidas bajo el principio de unidad de explotación, mediante precio, de forma profesional y sin carácter de residencia permanente; de aquellos alquileres puntuales de viviendas utilizadas como residencia permanente por parte del propietario».

A ello se suma el compromiso de velar por el desempeño de la Ley de Propiedad Horizontal, en la que se establece el consenso de tres quintas partes de la comunidad de vecinos para permitir que haya en el bloque una vivienda dedicada a esta actividad de alojamiento.

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