Estas son las ayudas para los autónomos en Madrid

El Gobierno central puso en marcha medidas de apoyo al sector, a las que se han sumado las comunidades autónomas

El Estado ofrece también diversas ayudas y prestaciones a los autónomos

El Gobierno presidido por Isabel Díaz Ayuso ha aprobado hasta ocho medidas de ayuda a los autónomos y a emprendedores

La Comunidad de Madrid, ofrece ayudas a los autónomos al margen de las propias ayudas del Estado. Imagen de un trabajador autónomo Juan Flores

S.L.

La segunda ola del coronavirus no ha permitido a muchos trabajadores autónomos levantar la persiana de su negocio. Los que lo han hecho están a medio gas, y otros, por orden de las comunidades autónomas, no han tenido más remedio que volver a cerrar. Ello supone pérdidas de más de 50.000 millones en lo que se lleva de pandemia, según estimaciones de ATA . Pero no solo es dinero lo que se pierde, porque muchos empleos están en la cuerda floja.

E l Gobierno no tuvo más remedio que prorrogar las medidas aprobadas para ayudar a los autónomos el pasado 30 de septiembre. A pesar de todo, las comunidades autónomas, que son las que determinan los cierres y las medidas contra el coronavirus en sus territorios, también aprobaron una serie de medidas para apoyar a este colectivo tan castigado por las restricciones y los confinamientos.

En la Comunidad de Madrid , los cierres han sido menos duros, en el sentido de que se ha confinado por barrios, una medida que ha permitido que no se cierren los negocios del todo, aunque las ventas hayan caído de forma notable por las restricciones. A pesar de todo, el ejecutivo madrileño de Isabel Díaz Ayuso ha lanzado una serie de medidas de apoyo y ayudas a los autónomos .

Estas son las ayudas de Madrid a los autónomos

El Gobierno presidido por Isabel Díaz Ayuso ha aprobado hasta ocho medidas de ayuda a los autónomos y a emprendedores. ABC explica en qué consisten las que todavía tienen la convocatoria abierta y las centradas exclusivamente a los trabajadores por cuenta propia.

Subvención a la conciliación de la vida familiar y laboral, y la implantación de la responsabilidad social de los empresarios : estas dos líneas de ayudas las pueden solicitar los trabajadores autónomos o por cuenta propia, pequeñas empresas y las sociedades civiles con personalidad jurídica. Los requisitos para ambas líneas es tener máximo de 50 trabajadores, que no superen los 10 millones de euros en volumen de negocio o que su balance no sea inferior a 43 millones, entre otras. La cuantía, en el caso de la responsabilidad social es de 2.500 euros; en la de la conciliación será de hasta 2.500 euros por trabajador que esté ejerciendo de forma «online», con un límite máximo de 10.000 euros por empresa.

Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia : hay tres tipos de trabajadores que pueden solicitarlo. Los desempleados que se den de alta en autónomos, personas que sean miembros de sociedades civiles o de comunidades de bienes, y personas que sean socios trabajadores o de cooperativas o sociedades laborales. La cuantía para el trabajador genera l será de un máximo de 2.500 euros y un mínimo de 750; para los desempleados menores de 30 años habrá un precio máximo de 3.080 euros y un mínimo de 750. Entre algunos de los requisitos que hay que cumplir están el no haber realizado la misma actividad seis meses anteriores a la fecha de alta, o mantenerse de alta durante al menos dos años. La ventaja de esta ayuda es que sí es compatible con la de tarifa plana de autónomos, que se explicará en este artículo.

Ampliación de tarifa plana de autónomos : esta permite que los autónomos puedan prolongar otros 12 meses su tarifa plana de cotización de la Seguridad Social. Los trabajadores que pueden solicitar la ayuda son aquellos que se hayan dado de alta en la RETA o la SETA, así como los socios de cooperativas de trabajo asociado de sociedades laborales encuadrados en el RETA. Una de las condiciones para recibir la subvención es mantener durante 12 meses que dura las condiciones que dieron derecho a disfrutar de las reducciones del Estado. ¿Cuándo se recibe la ayuda? Se abonará en un pago anticipado y se realizará cuando haya pasado el periodo inicial de reducción estatal, por el importe subvencionado de los 12 meses.

Apoyo al asesoramiento de las asociaciones de autónomos y economía social : es la segunda línea del programa de fomento de emprendimiento colectivo. Este pequeño programa subvencionará parte de los gastos de la contratación de asesores por los autónomos, entre otros empresarios. El importe de la subvención será determinado por el número de trabajadores (al menos dos) a jornada completa y de forma indefinida, durante al menos el año natural al anterior de haberlo solicitado. La subvención máxima será del 50 por 100 del salario bruto mensual del trabajador, en lo que se incluye los gastos de la Seguridad Social hasta el límite de tres veces el Salario Mínimo Profesional Interprofesional, como máximo a los 12 meses correspondientes al año natural anterior, así como un máximo de 150.000 euros por entidad.

Pago único de la prestación contributiva : para aquellos autónomos que quieran montar un negocio se abonará el importe de la prestación por desempleo en un solo pago. Quedan exentos de poder adquirir esta ayuda las personas que perciben un subsidio, RAI (Renta Activa de Inserción) o cualquier otra prestación. Algunos de los requisitos que hay que cumplir son tener pendiente, al menos, tres meses de prestación por desempleo; no haber sido beneficiario de la prestación del pago único en los cuatro años anteriores y haber cesado con carácter definitivo y total en la relación laboral.

Bonificación de cuotas por capitalización de desempleo : para todo aquel que haya capitalizado la prestación de desempleo o cese de actividad en la modalidad de pago único, la Comunidad de Madrid da la oportunidad de tener subvenciones consistentes en el abono de las cuotas a la Seguridad Social. Para los que estén en el Régimen de Autónomos se subvenciona hasta un máximo del 50% de la base mínima de la cotización. El periodo subvencionable es el mismo al que hubiera tenido el derecho a cobrar la prestación de desempleo en caso de no haber recibido la modalidad del pago único. Asimismo, es conveniente agrupar los pagos en periodos de 3 a 6 meses.

Re-emprende: ayudas para una segunda oportunidad para los autónomos: para los trabajadores que hayan agotado su prestación por cese de actividad, otorgándoles una ayuda de hasta 18 meses. Consta de dos fases. En una primera se recibe una ayuda de 420 euros durante los 6 meses posteriores al haber cesado la actividad. Esta ayuda está condicionada a que el beneficiario participe en un itinerario de re-emprendimiento y de empleo, con un asesoramiento, y una formación para la vuelta al trabajo. En la segunda fase, si el emprendedor decide volver a invertir habrá una ayuda económica a los 12 meses posteriores, con ayudas al pago de las cuotas de hasta 200 euros al mes.

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