Parquímetros fuera de la M-30, tarifa del SER según la polución y patinetes fuera de las aceras: claves de la ordenanza de Movilidad
La nueva norma, cuyo borrador ha sido aprobado hoy, incluye una regulación del vuelo de drones en Madrid
La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid , cuyo borrador ha sido aprobado hoy en la Junta de Gobierno, acaba con los artículos 56 y 57 que regulaban las zonas de aparcamiento vecinal, pero propone ampliar el Servicio de Estacionamiento Regulado a una veintena de barrios donde existen problemas de aparcamiento al ser zonas fronteras. Solo se implantaría bajo demanda vecinal. De los 49 barrios que actualmente se rigen por esta fórmula se elevaría a 69.
Las zonas a incorporarse de manera parcial serían: Peñagrande (Fuencarral-El Pardo); Valdezarza (Moncloa); Los Cármenes; Puerta del Ángel (Latina); Opañel, San Isidro (Carabanchel); Zofío y Pradolongo (Usera); Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares (Ciudad Lineal). El SER se implantará por completo en los barrios de Comillas (Carabanchel); Almendrales y Moscardó (Usera).
La nueva norma, si logra el aval del pleno en julio, crea una nueva tarifa dinámica de los parquímetros en función de la calidad del aire que haya cada día. «Se persigue con esta funcionalidad evitar un aumento de los niveles de dióxido de nitrógeno que haga necesaria la activación del Protocolo de Actuación para Episodios de Contaminación por dióxido de nitrógeno en la ciudad de Madrid, incrementando la tasa en caso de empeorar los registros en las estaciones de calidad del aire», ha indicado el delegado de Medio Ambiente, Borja Carabante.
Drones, bajo la lupa
Dentro del epígrafe de innovacióhn, se incluye la regulación de la «movilidad aérea urbana». El objetivo es que en seis meses se cree una comisión para elaborar la primera regulación que tenga que ver con la movilidad de los drones.
Con ánimo de garantizar la accesibilidad universal, a través del artículo 48, se obliga a bicicletas, Vehículos de Movilidad Personal, ciclos, motos y vehículos de dos o tres ruedas a estacionar exclusivamente en los espacios específicamente reservados y señalizados para ello, preferiblemente en la calzada (reservas situadas en bandas de estacionamiento, pudiendo encadenarse a sus elementos de anclaje y separación).
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