Galicia

Los Franco deberán entregar el Pazo de Meirás al Estado el 10 de diciembre

La entrega será verificada por la comisión judicial en el propio pazo, tal y como estipula la juez en su escrito

De quién era el Pazo de Meirás antes de los Franco

Vista exterior del Pazo de Meirás ABC

P. A./J.L.J.

El próximo 10 de diciembre a las 11 de la mañana . Es la fecha señalada en el calendario por el Juzgado de Primera Instancia número uno de La Coruña para que se proceda a la ejecución de la sentencia que declara que el Pazo de Meirás es propiedad pública , por lo que la familia Franco deberá entregárselo al Estado. Según informó este viernes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la magistrada fijó la entrega voluntaria del inmueble por parte de la familia después de que los demandados se mostrasen conformes con la ejecución provisional de la sentencia, según trasladaron en un escrito remitido esta semana al juzgado y a la espera de que la Audiencia coruñesa se pronuncie sobre su recurso de apelación. Además, «por motivos de seguridad, y con el fin de preservar su integridad, la entrega será verificada por la comisión judicial en el propio pazo », precisó la juez en su escrito. El mismo documento incide en que si la devolución no se realiza en el día y hora indicados, «se procederá en el mismo acto al inmediato desalojo».

Según la sentencia emitida el pasado 2 de septiembre tras la vista oral sobre la propiedad del histórico pazo, la familia Franco no solo deberá devolver el inmueble sino que no será indemnizada por los gastos en los que afirmaban haber incurrido durante décadas para el mantenimiento de la propiedad. Los Franco consideran que el fallo que entrega el Pazo al Estado contiene partes «notoriamente parciales, sesgadas y tendenciosas». Así, la familia Franco, en su recurso de apelación, cuestionó que la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia que entregó el inmueble al Estado antepusiera «la justicia histórica» a la estricta aplicación del ordenamiento jurídico, y dudó de la neutralidad del fallo conocido el pasado mes de septiembre. En su opinión, la juez no se molestó en valorar el grueso de sus argumentos, ni siquiera para rebatirlos.

En la sentencia, la juez Marta Canales consideró probada la donación al Estado y no a Franco por las constantes referencias al cargo del dictador, como Caudillo o Generalísimo , que en su opinión existían en el documento de donación de 1938 pero que desaparecieron en 1941, lo que a su juicio probaría la adquisición como persona física del Pazo en las escrituras de la compraventa. Pero la defensa rebate este argumento, porque en uno y otro documento las menciones a la figura de Franco se realizan «exactamente en los mismos términos» .

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