Coronavirus Galicia

El TSXG da luz verde a la Xunta para prorrogar la exigencia del pasaporte Covid hasta el 26 de febrero

Seguirá siendo obligatorio en los mismos supuestos que hasta ahora, de hostelería y ocio nocturno a hospitales y residencias, pasando por albergues turísticos

Un usuario muestra su certificado de vacunación en una imagen de archivo EFE
Pablo Pazos

Pablo Pazos

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha autorizado a la Xunta a prorrogar, hasta el próximo 26 de febrero (0.00 horas), la exigencia de presentar el pasaporte Covid , para desarrollar una serie de actividades, en los mismos supuestos que estaban en vigor, según ha notificado este viernes el TSXG. Según consta en un auto de la sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, los magistrados consideran que es necesario ampliar la vigencia de la medida porque persiste una «elevada circulación» del virus y la Comunidad sigue en una «situación epidemiológica que determina un riesgo de transmisión».

Así, el documento (certificado Covid de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa) s eguirá siendo requerido, como ya venía sucediendo , para entrar en los locales de hostelería y de ocio nocturno; acceder a las residencias de mayores y de personas con diversidad funcional; a instalaciones cerradas en las que se practique actividad física y deportiva no federada; piscinas cubiertas; albergues turísticos; y eventos multitudinarios o donde esté autorizada la venta de alimentos o bebidas para el consumo en su interior. El certificado también continuará exigiéndose a las visitas de los pacientes ingresados en hospitales.

El auto se apoya en el informe emitido por la Subdirectora Xeral de Información sobre Salud y Epidemiología , que data de 8 de febrero de 2022, y acompaña a la solicitud de extensión de la obligatoriedad de presentar el pasaporte Covid, que este mismo jueves volvía a reivindicar el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, tras surgir voces, en ámbitos como la hostelería, demandando su retirada al calor de otras medidas, como el fin de la obligación de llevar mascarilla en espacios exteriores.

A la luz de dicho informe, el TSXG indica que, si bien «no puede llevar a engaño a tendencia decreciente de la tasa de incidencia del virus desde lo 10 de enero, con un porcentaje de cambio diario de -2,3%», desde el 10 de octubre se ha registrado «un porcentaje de cambio diario del 6,9% , de manera que la tendencia decreciente que experimentamos en la actualidad no es» suficiente para «alcanzar una tasa de incidencia que se acerque a la que teníamos» antes de dicha fecha, «al comienzo de la sexta hola».

«El día 29 de octubre de 2021 la tasa de incidencia acumulada a 14 días, era de 18,17 casos por 100.000 habitantes, el día 7 de noviembre, era de 28,68 casos por 100.000 habitantes, y el día 29 de noviembre, era de 187,21 casos por 100.000 habitantes. Y así fue creciendo hasta llegar a cuotas que aún bajando a partir del mes de enero, a día 5 de febrero la tasa de incidencia a 14 días es de 2.652,9 casos por 100.000 habitantes », añade el auto.

Del 2 al 5 de febrero, prosigue el auto, «se notificaron un total de 17.299 casos nuevos de COVID-19 . Los menores de 19 años son los que presentan la incidencia más elevada, seguido del grupo de 20 a 29 años. En cuanto a látasa de hospitalización en unidades de agudos en los últimos 7 días aumentó de 14,43 ingresos por 100.000 habitantes el 29 de enero a 16,91 el día 5 de febrero». En las UCI, también aumentó: «a 29 de enero la tasa de ingresos por 100.000 habitantes era de 0,78 y a día 5 de febrero fue de 1,22».

El papel de los menores, residual

Por otra parte, se recuerda que, a pesar de que el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero, modula el uso de la mascarilla en el exterior, eliminando su obligatoriedad en estos espacios, ésta se mantiene en interiores, que son los que regula la medida prorrogada por el TSXG. Es en estos ámbitos cerrados, se recuerda, donde el virus «tiene un impacto mayor» , especialmente en «grandes aglomeraciones en los que no se pueden mantener distancias de seguridad y se establecen interacciones con muchas personas».

Se hace hincapié en que «la vacunación produce una bajada del riesgo de transmisión y contagio», de ahí la idoneidad de solicitar el certificado, pero también se destaca que se puede sustituir «por otros dos elementos igualmente habilitantes» para no vacunados; y se mantiene la exención a menores de 12 años , al no disponer de pauta completa. El informe técnico, sobre este grupo etario, añade que «existe evidencia del papel residual que juegan en la transmisión del SARS- CoV-2 , pese la que, inicialmente, se pensó que podrían tener el mismo papel que tienen en la transmisión de la gripe».

Con unos «valores» epidemiológicos que «siguen siendo elevados», los magistrados consideran que se «mantiene el juicio de idoneidad, necesidad y proporcionalidad» de la obligación de presentar el certificado Covid en los supuestos que ya estaban en vigor. Se constata la alta circulación y el riesgo alto de contagio, que hacen «necesario mantener la medida de exigencia de exhibición del certificado Covid», concluyen.

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