Violencia de género
Confirman ocho años y diez meses de prisión por arrancarle un trozo de labio a su expareja
El TSXG ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña, y mantiene la condena por varios delitos de violencia de género.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado la demanda de apelación de un hombre condenado a ocho años y diez meses de cárcel, confirmando así la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de La Coruña. El acusado fue declarado culpable de los delitos de maltrato habitual ejecutado en el domicilio común, de lesiones de género —ambos con el agravante de reincidencia— y un último delito de lesiones con resultado de deformidad .
Los hechos tuvieron lugar a partir de 2016, cuando el acusado inició una relación con la víctima y comenzaron a vivir en el mismo apartamento, acompañados de los hijos de ambos. La sentencia recoge en el apartado de hechos probados un «cambio gradual» del agresor, que «empezó a mostrar un carácter celoso y controlador con su pareja, para someterla a su voluntad». El condenado creó un ambiente de «miedo y menosprecio» mediante el uso de la intimidación y la violencia , con insultos y ataques a los que debían intervenir los hijos presentes para evitar el daño.
El 10 de julio de 2018, tras una discusión entre la pareja que acabó con una agresión y varias amenazas, la víctima se decidió a poner fin a la situación y denunció al condenado. Este hecho desencadenó el último y brutal ataque, cuando el 13 de agosto el acusado interceptó a la víctima en las inmediaciones de su casa para intentar hablar con ella. Ante la negación de esta, y en medio de una discusión cada vez más violenta, el hombre mordió a la mujer y le arrancó dos tercios del labio inferior , que escupió en la calle al abandonar el lugar de los hechos.
La lesión, catalogada por la sentencia como una forma de «demostrar su dominio sobre la mujer, conociendo el dolor y el perjuicio estético que suponía» , tardó un total de 59 días en curar tras la reimplantación de la parte del labio arrancada, para tratar de minimizar la deformidad causada por el ataque.
El rechazo de la apelación responde a una decisión de la cámara de considerar como pruebas suficientemente válidas el testimonio de la víctima, los hijos de ambos y el informe médico de tanto la lesión del 10 de julio como el ataque del 13 de agosto. La ratificación del TSXG supone una pena de casi nueve años de cárcel por los tres delitos, además de la prohibición de cualquier tipo de comunicación o acercamiento con la víctima , privación de la tenencia de armas y una indemnización de 34.425 euros.
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