Tribunales

Condenan a un padre de Vigo a tres meses de prisión por abofetear a su hija

También tiene prohibido acercarse o comunicarse con la menor durante 9 meses por un delito de maltrato

Juzgados de Vigo en una imagen de archivo MIGUEL MUÑIZ

ABC

Un hombre de Vigo ha sido condenado a tres meses de prisión y hasta nueve meses sin poder acercarse o comunicarse con su hija, de 16 años, después de que la abofetease en el transcurso de una discusión. El Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo declara probado a través de la jueza que el día 13 de marzo del pasado año 2020comenzó una discusión en la que el hombre golpeó con la mano en la cara de la joven. Esto provocó a la menor una contusión nasal que no se le curó hasta cuatro días más tarde.

La magistrada considera en la sentencia que los hechos son «legalmente constitutivos de un delito de malos trato». Por ello, considera que con la prueba practicada y, concretamente, con la declaración, la testifical y la documental, los hechos «han resultado debidamente acreditados », recoge Ep.

De todos modos, y aunque la versión del varón y de su hija son « totalmente discrepantes », la jueza determina que «la versión que se ajusta a la realidad de lo sucedido es la que ha ofrecido la denunciante, pues, su claro y preciso testimonio aparece avalado por datos objetivos y periféricos».

La joven aseguró que el día de los hechos su padre acudió en coche para firmarle unos papeles . El varón «insistió en que se sentara y hablara con él», algo a lo que la joven se negó, a lo que el hombre le contestó que, entonces, no se los firmaría. La víctima en cuestión apuntó que «en ese instante, introdujo la mitad de su cuerpo en el vehículo para coger los papeles, momento en que el acusado la golpeó con el dorso de la mano derecha en la nariz».

Ante esta versión, la jueza entiende que no existe un motivo « espurio que pueda viciar » o ponerla en duda. La denunciante, define la magistrada en su escrito, mantenía una relación con su padre «ni buena ni mala» en el momento de los hechos. «La perjudicada ha ofrecido una versión inculpatoria rotunda, coherente, firme y sin fisura, facilitando en su relato datos periféricos que el acusado no niega».

Rebaja de la pena

La Fiscalía pedía inicialmente para el acusado seis meses de prisión, al considerarlo autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar. Además, también pedían la privación del derecho de tenencia y porte de armas durante 1 año, así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio o aproximarse a su hija o cualquier lugar frecuentado por ella durante un año.

Sin embargo, la sentencia recoge que la condena al hombre por un delito de maltrato constituye una pena de tres meses de prisión, así como la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo de 1 año y 1 día. Además, el hombre tiene prohibido hacercarse a la joven a menos de 200 metros (o a cualquier lugar frecuentado por ella); así como comunicarse con ella por cualquier medio durante nueve meses.

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