Coronavirus

Restricciones por el coronavirus en Valencia: horarios de farmacias, supermercados, estancos y peluquerías

El decreto de restricciones de la Generalitat regula las actividades esenciales y las que no para delimitar la apertura de establecimientos

Última hora del coronavirus y las restricciones en la Comunidad Valenciana

Un cliente sale de un estanco durante la pandemia M. V.

J. L. Fernández

Las nuevas restricciones de horarios de apertura de comercios en la Comunidad Valenciana en vigor desde este jueves para frenar los contagios de coronavirus han variado de las aplicadas anteriormente durante la pandemia, por ejemplo, en el caso de los estancos .

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Al no considerarse a las expendedurías como actividad esencial, están obligadas a cerrar a las 18 horas como el resto de establecimientos, si bien no se les prohíbe por completo la apertura como en el caso de la hostelería.

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Según precisa el decreto de la Conselleria de Sanidad y Salud Pública publicado este miércoles en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), como norma general para todo el sector, «los locales comerciales y las superficies comerciales cerrarán a las 18:00 horas».

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No obstante, «se exceptúa de lo anterior, la actividad comercial de los establecimientos y locales comerciales dedicados a la actividad comercial esencial de alimentación , higiene , farmacias , ortopedias , ópticas , servicios de peluquería y venta de alimentos para animales , únicamente para la venta de dichos productos, así como los departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas que se puedan encontrar en el interior de los establecimientos», tal como precisa el citado decreto.

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Cuando en un mismo comercio se desarrollen distintas actividades, la Conselleria obliga a « delimitar claramente» los espacios para cada una y respetar los aforos estipulados en la norma, así como medidas seguridad adecuadas para garantizar la distancia social y prevenir posibles contagios. Entre estas directrices, están la señalización del sentido de circulación o barreras físicas que acoten cada espacio.

En el caso de los centros comerciales, no está permitido el uso de zonas comunes y recreativas de parques, excepto para el tránsito entre establecimientos.

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