Coronavirus
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El Ayuntamiento de Alicante ha empezado a aplicar este jueves nuevas restricciones complementarias a las implantadas por la Generalitat para prevenir contagios del coronavirus . Así, agentes de la Policía Local han clausurado con precintos y vallas los juegos infantiles de los parques y aparatos biosaludables, además de reforzar la vigilancia del cumplimiento de los aforos más restringidos en la hostelería y el comercio .
Por ello, a partir de este 7 de enero no se permite jugar en estos espacios a las familias con los menores de 14 años que salgan a pasear y tampoco está permitida la realización de ningún evento o actividad con concentración de personas, según recoge un comunicado de la Concejalía de Seguridad.
El área municipal ha explicado que, con la implantación de estas medidas, se garantiza así que se cumpla la nueva normativa preventiva puesta en marcha con el objetivo de evitar nuevos contagios de Covid-19.
El Ayuntamiento ha apelado al "sentido y la responsabilidad de todos ", y recuerda la obligatoriedad del cumplimiento de las instrucciones impartidas por las autoridades sanitarias relativas al distanciamiento social, el uso obligatorio de las mascarillas, el toque de queda a las 22.00 horas, y cierre los establecimientos de restauración y hostelería a las 17.00 horas, y que la clientela no podrá permanecer en el establecimiento fuera del horario permitido.
Según el concejal de Seguridad, José Ramón González , "la Policía va a vigilar que se cumple la medida en los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, que deberán reducir al 30% el aforo total".
Asimismo, ha añadido el 'popular' que "en el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientela en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción".
Por ello, todos los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales que dispongan de ellos reducirán al 30% la capacidad de los aparcamientos o espacios destinados al estacionamiento de vehículos de sus clientes.
La medida exceptúa la actividad comercial de los establecimientos y locales comerciales dedicados al comercio esencial de alimentación, farmacias, ortopedias, ópticas, servicios de peluquería y centros de veterinaria, que reducirán al 50% del aforo permitido por licencia o autorización de la actividad.
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