Covid-19
Multas para negocionistas del coronavirus y locales que no cumplen con el pasaporte covid en la Comunidad Valenciana
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El pasaporte covid seguirá siendo obligatorio hasta el 3 de enero en la Comunidad Valenciana para acceder a locales de hostelería y ocio con aforos superiores a 50 personas, así como en las visitas a residencias y hospitales o en eventos y festivales. Cualquiera de los tres certificados europeos -vacunación con pauta completa, diagnóstico o recuperación- es válido si está en vigor y se presenta junto a un documento de identidad.
Como viene ocurriendo desde el inicio de la pandemia, la actitud de los negacionistas del coronavirus y de los establecimientos que no cumplen con la normativa se castiga a través del Decreto ley 11/2020, de 24 de julio. El Consell modificó hace unas semanas ese regimen sancionador, tras la puesta en marcha del pasaporte covid, que distingue que se distingue entre las infracciones leves , cometidas por particulares, y las graves , a cuenta de los espacios afectados por la medida.
Las personas que se niegan a mostrar el certificado a los responsables del local en el acceso del mismo se enfrentan a sanciones de entre 60 y 600 euros . En este grupo también se incluye a los dueños de establecimientos que no señalicen correctamente la exigencia del documento.
Los locales o recintos de conciertos y festivales que no pidan el certificado o permitan el acceso a clientes sin un documento válido se enfrentan a multas mucho más elevadas, que oscilan entre los 601 y los 30.000 euros , según la gravedad del caso.
Misma cantidad a la que se enfrentan los hosteleros que no respetan la distancia entre mesas o el máximo de diez personas en cada una de ellas, así como aquellos que realizan botellones en la vía pública.
Además, no respetar el uso de la mascarilla en espacios cerrados y en lugares públicos al aire libre cuando no se pueda guardar un metro y medio de distancia, puede acarrear una sanción económica de un máximo de 100 euros.
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