Tribunales

El juez condena al hermano y la madre de María José Alcón a pagar una multa por fraude fiscal

La sentencia dicta penas de seis meses de prisión para cada uno de ellos, que se sustituyen por el pago de una cuota diaria de seis euros por doce meses

Imagen de archivo de Maria José Alcón ROBER SOLSONA

ABC

El juzgado de lo Penal número 7 de Valencia ha condenado a seis meses de prisión por fraude fiscal, sustituida por una multa, al hermano y a la madre de la exconcejal de Cultura del Ayuntamiento de Valencia María José Alcón , así como al p ago de la cuantía defraudada, que asciende a 248.872 euros .

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) se trata de una sentencia de conformidad, fruto del acuerdo entre los acusados y las acusaciones (Fiscalía y Abogacía del Estado).

En el procedimiento estuvieron también investigadas (imputadas) la exconcejal y una de sus hermanas, pero la causa contra ellas se sobreseyó a petición de Fiscalía y de la Abogacía del Estado , que retiraron la acusación contra ambas.

La sentencia de conformidad condena a cada uno de los acusados por un delito contra la Hacienda Pública, con el atenuante de reparación del daño y confesión, a penas de seis meses de prisión para cada uno de ellos, que se sustituye por doce meses de multa con una cuota diaria de seis euros.

Asimismo, les condena al pago de una multa proporcional del 65 % de cuantía defraudada, que asciende a 124.885,72 euros en el caso de Juan José Alcón, y de 123.986,49 euros en el de Josefina Miquel .

Por responsabilidad civil, Juan José Alcón indemnizará a la AEAT con 192.131 euros, y la acusada con 190.748 euros.

Según la sentencia, fechada el pasado 2 de diciembre, la causa fue seguida como procedimiento abreviado por el juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Mislata, por un presunto delito contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.

El juzgado de lo Penal considera probado que Josefina Miquel Abad, madre de la exconcejal de Cultura en el Ayuntamiento de Valencia, y su esposo, Juan José Alcón Bou, adquirieron en los años 1998 y 2000 dos fincas urbanas en el término municipal de Valencia.

Poco después de su adquisición, en el año 2002, las fincas fueron expropiadas por el Ayuntamiento de Valencia y se fijó como precio de la expropiación, el 14 de octubre de 2004, 1.137.621 y 963.232 euros, y el consistorio dictó acta de pago y ocupación el 6 de mayo de 2006.

Ahora bien, según la sentencia, ni Juan José Alcón, que falleció en noviembre de 2009, ni su mujer Josefina Miquel Abad presentaron declaración de IRPF en el año 2006 , y no tributaron por las ganancias patrimoniales obtenidas por las expropiaciones.

Ambos recurrieron el justiprecio, lo que dio lugar a que el TSJCV dictara una sentencia el 9 de septiembre de 2009 en la que se les reconocía un mayor justiprecio en la expropiación, concretamente 1.049.747 euros para cada uno de ellos.

Tras el fallecimiento de Juan José Alcón, los acusados y los otros dos hijos del fallecido fueron herederos de la fortuna del padre de la familia y quedaban obligados al pago de impuesto sobre la renta del año 2009 .

Según el juzgado, "plenamente consciente" de sus obligaciones tributarias y de los bienes y derechos que debían incluir en la declaración del IRPF de su padre del año 2009, el acusado "dejó de presentar voluntariamente esa declaración" , y no declaró ni ingresó a la Hacienda Pública la cantidad de 192.131 euros con la finalidad de "eludir el pago de la cuota tributaria".

Por su parte, Josefina Miquel Abad, la otra acusada, "con la misma intención de eludir el pago del tributo", no presentó tampoco la declaración del IRPF del año 2009 que le correspondía por su propio patrimonio, y dejó de ingresar la cantidad de 190.748 euros.

Según la sentencia, ambos acusados han consignado todas las cantidades reclamadas por la AEAT, incluidos los intereses.

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