Pandemia
El coronavirus ya afecta a 6.649 trabajadores por 191 peticiones de ERTE en la Comunidad Valenciana
El 98 % de las solicitudes corresponden al sector de hostelería y comercio
Última hora del coronavirus y el estado de alarma en la Comunidad Valenciana
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![Imagen de un repartidor a domicilio con mascarilla](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2020/03/17/coronavirusrepartidor-kYaH--1248x698@abc.jpg)
Un total de 6.649 trabajadores están afectados por las 191 solicitudes de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) presentados en la Comunidad Valenciana hasta este lunes al mediodía, según ha informado la Conselleria de Economía, debido a la crisis del coronavirus .
Solo entre el sábado y el domingo las peticiones de ERTE ascendieron a 137 para 4.683 personas, el 98 % de ellos correspondiente al sector de hostelería y comercio , según los datos de presentación telemática recibidos en la Dirección General de Trabajo.
De estas solicitudes, 10 corresponden a empresas que operan en el ámbito de la Comunitat Valenciana y afectan 2.656 trabajadores. En la provincia de Valencia el número es de 72 y afecta 1.119 personas; en Alicante son 77, afectando 2.246; y en Castellón el número de ERTE solicitados es de 32, y afecta 628 trabajadores.
La Conselleria de Economía ha informado de que tramitará los ERTE que suponen la suspensión temporal del contrato o reducir la jornada de sus trabajadores de forma temporal siempre que se acredite que existe una causa de fuerza mayor derivada de la situación actual , provocada por el Covid-19.
El objetivo de la Conselleria es la aplicación de las medidas urgentes para responder al impacto económico de la COVID-19 que establece el Real Decreto Ley 7/2020 de 12 de marzo y evitar que se produzcan despidos, garantizando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos legal y reglamentariamente en este mecanismo legal.
El expediente de regulación de empleo temporal, regulado en el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores (ET), permite a las empresas suspender los contratos de trabajo o reducir la jornada laboral de las personas trabajadoras de manera temporal.
Durante la suspensión del contrato, la persona trabajadora continúa vinculada a la empresa pero sin derecho a percibir su sueldo, ni el resto de complementos como pagas extra o vacaciones, y terminada la situación excepcional, se reincorporará a la empresa, y no perderá la antigüedad a efectos de despido, ya que la suspensión del contrato es por una causa ajena al trabajador.